De conformidad con lo dispuesto en el artículo 319 del Real Decreto Legislativo 1/2010, de 2 de julio, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de Sociedades de Capital ("LSC"), se hace público que la Junta General Ordinaria y Extraordinaria de Accionistas de "Boslan Ingeniería y Consultoría, Sociedad Anónima", domiciliada en Bilbao (Bizkaia), calle Autonomía 26, 8º, y provista de C.I.F. número A-95127825 (la "Sociedad"), celebrada en fecha 27 de junio de 2024 con el carácter de universal al amparo de lo previsto en el artículo 178 LSC, acordó por unanimidad reducir el capital social en la cifra dos mil doscientos cincuenta euros (2.250€) mediante la amortización de dos mil doscientas cincuenta (2.250) acciones propias, numeradas correlativamente de la 267.751 a la 270.000, ambas inclusive, de un euro (1€) de valor nominal cada una de ellas.
Tras la referida reducción, el capital social queda fijado en doscientos noventa y siete mil setecientos cincuenta euros (297.750€), dividido en doscientas noventa y siete mil setecientas cincuenta (297.750) acciones, numeradas de la 1 a la 267.750 y de la 270.001 a la 300.000, todas ellas inclusive, de un euro (1€) de valor nominal cada una de ellas.
Como consecuencia de la reducción de capital social citada anteriormente, la Junta General acordó modificar el artículo 5º de los Estatutos Sociales que, en adelante, quedará redactado como sigue:
"Artículo 5: Capital social
El capital social se fija en doscientos noventa y siete mil setecientos cincuenta euros (297.750€), dividido en doscientas noventa y siete mil setecientas cincuenta (297.750) acciones, numeradas de la 1 a la 267.750 y de la 270.001 a la 300.000, todas ellas inclusive, de un euro (1€) de valor nominal cada una de ellas."
Una vez amortizadas las acciones y dado que la misma no comporta devolución de aportaciones a los accionistas, la Junta General acordó, igualmente por unanimidad, dotar una reserva por el importe del valor nominal de las acciones amortizadas, la cual será indisponible hasta que transcurran cinco años a contar desde la publicación de la reducción del capital social en el "Boletín Oficial del Registro Mercantil".
Por último, se hace constar de modo expreso que en el Libro Registro de Acciones nominativas de la compañía se ha reflejado el acuerdo de reducción del capital social adoptado.
Se hace constar expresamente que los acreedores de la Sociedad podrán oponerse a la citada reducción de capital social en el plazo de un (1) mes a contar desde la fecha de publicación del último anuncio del presente acuerdo de reducción del capital social de la Sociedad, en los términos previstos en los artículos 334 y 336 de la LSC.
Bilbao, 29 de julio de 2024.- Secretario del Consejo de Administración, Ramón Villanueva Ortueta.
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