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De conformidad con el artículo 10 del Real Decreto-Ley 5/2023, se hace público que en fecha 7 de febrero de 2024, los socios de AJC2, Sociedad limitada (Sociedad absorbente) y de COM INDEPENDENT CONSULTANTS, Sociedad limitada (Sociedad absorbida) aprobaron la fusión de ambas sociedades mediante la absorción de la Sociedad absorbida por la Sociedad absorbente, con transmisión a título universal del patrimonio íntegro de las Sociedad absorbida a la Sociedad absorbente y con disolución sin liquidación de la Sociedad absorbida.
La fusión se acordó en base a los Balances de las Sociedades intervinientes cerrados en fecha 31 de octubre de 2023 tomados como de fusión, acogiéndose al régimen de neutralidad fiscal. Asimismo, se procedió a la aprobación del Proyecto Común de Fusión suscrito por los órganos de administración de todas las Sociedades intervinientes en la fusión en fecha 6 de febrero de 2024, cuyo depósito no resulta preceptivo.
A los efectos de lo establecido en el artículo 10 del Real Decreto-Ley 5/2023, se hace constar el derecho que asiste a los socios y acreedores de cada una de las sociedades participantes en la fusión de obtener el texto íntegro de los acuerdos adoptados, así como los respectivos Balances de fusión. Se informa igualmente a los señores acreedores que podrán ejercer sus derechos en el plazo de un mes a contar desde la publicación del anuncio del acuerdo de fusión, de conformidad con el artículo 13 del Real Decreto-Ley 5/2023.
Barcelona, 8 de febrero de 2024.- Administrador único de AJC2, Sociedad limitada y de Com Independent Consultants, Sociedad limitada, D. Juan Compte Costa.
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