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De conformidad con lo dispuesto en el artículo 10 del Real Decreto-ley 5/2023, de 28 de junio, por el que se adoptan y prorrogan determinadas medidas de respuesta a las consecuencias económicas y sociales de la Guerra de Ucrania, de apoyo a la reconstrucción de la isla de La Palma y a otras situaciones de vulnerabilidad; de transposición de Directivas de la Unión Europea en materia de modificaciones estructurales de sociedades mercantiles y conciliación de la vida familiar y la vida profesional de los progenitores y los cuidadores; y de ejecución y cumplimiento del Derecho de la Unión Europea (en adelante, la Ley), se hace público que, el día 29 de julio de 2024, las Juntas Generales Extraordinarias y Universales de INMOBILIARIA FLAMMA, S.L. (Sociedad Absorbente) y de EDIFICACIONES COMUNITARIAS RURALES Y URBANAS, S.L. (Sociedad Absorbida), han aprobado por unanimidad la fusión por absorción por la que INMOBILIARIA FLAMMA, S.L. absorberá a EDIFICACIONES COMUNITARIAS RURALES Y URBANAS, S.L. sobre la base del proyecto común de fusión de fecha 28 de junio de 2024, con disolución sin liquidación de la Sociedad Absorbida, y adquisición por sucesión universal de su patrimonio por parte de la Sociedad Absorbente.
Conforme a lo establecido en el artículo 10 de la Ley, se hace constar expresamente el derecho que asiste a los socios y acreedores de las respectivas sociedades a obtener el texto íntegro de las decisiones adoptadas y el balance de fusión.
Barcelona, 29 de julio de 2024.- En calidad de Presidente del Consejo de Administración de Inmobiliaria Flamma, S.L, y de Edificaciones Comunitarias Rurales y Urbanas, S.L, D. Joaquim María Buxó Massaguer.
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