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De conformidad con lo establecido en el artículo 319 de la Ley de Sociedades de Capital, se hace público que, con fecha 5 de febrero de 2024, la Junta General Extraordinaria de Accionistas de NAVINGA, S.A. (la sociedad), válidamente constituida y celebrada con el carácter de Universal al amparo y con los requisitos del artículo 178 de la Ley de Sociedades de Capital, adoptó por unanimidad, entre otros acuerdos, el de reducir el capital social, actualmente fijado en 180.303,63 euros en la cuantía de 120.000 euros, fijando el nuevo capital en 60.303,63 euros. La reducción se lleva a cabo mediante la disminución en 20 euros el valor nominal de cada una de las 6.000 acciones que componen el capital social
La finalidad de la reducción de capital es la restitución de aportaciones a todos los accionistas a razón de 20 euros por acción
La reducción del capital se ejecutará en los cinco días siguientes, una vez transcurra el plazo de un mes a partir de la publicación del último de los anuncios del acuerdo, sin que exista oposición; plazo de un mes durante el cual los acreedores podrán ejercitar su derecho de oposición al acuerdo, a tenor del artículo 336 de la Ley de Sociedades de Capital.
Madrid, 8 de febrero de 2024.- Secretario del Consejo de Administración, José Antonio López García.
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