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En cumplimiento de lo previsto en el artículo 319 de la Ley de Sociedades de Capital, se comunica que la Junta General de Accionistas de Mecánica Egarense, S.A., celebrada el 18 de julio de 2024, aprobó la reducción de capital social, en la suma de 30.050,60 euros de valor nominal, por el procedimiento de amortización de 10.000 acciones propias adquiridas por la Sociedad en autocartera como consecuencia del ejercicio del derecho de separación de un accionista. Así mismo en la mencionada Junta General de fecha 18 de julio de 2024 se acordó amortizar además la cifra de 15.025,30 euros más, de valor nominal, por el procedimiento de amortización y anulación de 5.000 acciones ordinarias y nominativas de acciones propias mantenidas por la sociedad en autocartera. Queda reducido el capital social en la cantidad de 45.075.90 euros, quedando como consecuencia de ello fijado el capital social en la cantidad de 255.430,10 euros, dividido en 85.000 acciones ordinarias y nominativas de 3,005060 euros de valor nominal cada una de ellas. La reducción no entraña devolución de aportaciones a los accionistas, por ser la propia Sociedad la titular de las acciones amortizadas. Por tanto, la finalidad de la mencionada operación es únicamente la amortización de acciones propias. Ejecutada la reducción de capital, el artículo 5 de los Estatutos sociales, relativo al capital social queda modificado con el fin de adaptar su contenido al nuevo valor nominal. El texto íntegro del artículo 5 de los Estatutos sociales pasará a ser, después de acuerdo de renumeración de las acciones adoptado en la misma Junta, en consecuencia, el siguiente: "ARTÍCULO 5.- El capital social de la Sociedad es de DOSCIENTOS CINCUENTA Y CINCO MIL CUATROCIENTOS TREINTA EUROS CON DIEZ CÉNTIMOS DE EURO (255.430,10 €), completamente suscrito y desembolsado, dividido en 85.000 acciones ordinarias, nominativas, de una sola clase, de 3,005060 euros nominales cada una de ellas, numeradas, correlativamente, bajo los números uno al ochenta y cinco mil, ambos inclusive, que estarán representadas por títulos unitarios o múltiples, los cuales se extenderán en libros talonarios, siendo firmadas por el Órgano de Administración y conteniendo, necesariamente, las menciones del artículo 114 de la Ley de Sociedades de Capital." De conformidad con lo previsto en los artículos 334 y 336 de la Ley de Sociedades de Capital, los acreedores de la sociedad podrán ejercitar el derecho de oposición a la reducción de capital en el plazo de un mes a contar desde la fecha del último anuncio del acuerdo.
Terrassa, 31 de julio de 2024.- El Administrador, Edgar Guardia Capdevila.
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