Contenu non disponible en français

Vous êtes à

Documento BORME-C-2024-4798

RECREATIVOS SAN JOSE, S.A. (SOCIEDAD ABSORBENTE)

FERNANAG, S.L. (SOCIEDAD ABSORBIDA)

Publicado en:
«BORME» núm. 150, páginas 5947 a 5947 (1 pág.)
Sección:
SECCIÓN SEGUNDA - Anuncios y avisos legales
Apartado:
FUSIONES Y ABSORCIONES DE EMPRESAS
Referencia:
BORME-C-2024-4798

TEXTO

De conformidad con lo dispuesto en el artículo 10 del Real Decreto-ley 5/2023, de 28 de junio, por el que se adoptan y prorrogan determinadas medidas de respuesta a las consecuencias económicas y sociales de la guerra de Ucrania, de apoyo a la reconstrucción de la isla de La Palma y a otras situaciones de vulnerabilidad; de transposición de Directivas de la Unión Europea en materia de modificaciones de las sociedades mercantiles y conciliación de la vida familiar y la vida profesional de los progenitores y los cuidadores; y de ejecución y cumplimiento del Derecho de la Unión Europea (en adelante, el "RDME"), se hace público que el día 29 de julio de 2024, la Junta General Extraordinaria y Universal de accionistas de la sociedad Recreativos San Jose, S.A. (sociedad absorbente), ha aprobado por unanimidad la fusión de Recreativos San Jose, S.A por absorción de su sociedad íntegramente participada Fernanag, S.L, sobre la base del proyecto común de fusión de fecha 25 de junio de 2024, con la consiguiente disolución sin liquidación y extinción de la sociedad absorbida y el traspaso en bloque de todo su patrimonio social a favor de la sociedad absorbente, y sin ampliación de capital social de la sociedad absorbente, por hallarse la sociedad absorbida íntegramente participada por la absorbente, y todo ello en base a sus respectivos balances cerrados el 31 diciembre 2023. Las operaciones de la sociedad absorbida se entenderán efectuadas por la absorbente a partir del 2 de abril de 2024.

La fusión se realiza de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 53 del Real Decreto-ley 5/2023, al tratarse de una fusión por absorción de sociedad íntegramente participada y pudiendo acogerse, por tanto, al procedimiento simplificado de las fusiones especiales. De conformidad con lo dispuesto en el artículo 9 del Real Decreto-ley 5/2023, no ha sido necesaria la publicación y depósito previo de los documentos exigidos por dicha norma.

Se hace constar expresamente el derecho de los socios y acreedores de las sociedades a solicitar y obtener gratuitamente el texto íntegro del acuerdo de fusión y balance de fusión en los términos del artículo 10 del Real Decreto-ley 5/2023, documentos que están a disposición de los interesados en el domicilio social de la Sociedad Absorbente y de la Sociedad Absorbida, donde podrán consultarlos o solicitar su entrega o envío gratuitos.

Se hace constar el derecho de protección a los socios y de oposición que asiste a los acreedores de las sociedades, durante el plazo de un mes, a contar desde la fecha de la publicación del último anuncio de fusión, en los términos previstos en el artículo 13 del Real Decreto-ley 5/2023.

Madrid, 29 de julio de 2024.- Don Diego Palomares Rincón, representante persona física de Kellymatic, S.L., Administrador único de Recreativos San Jose, S.A y, Administrador Único de Fernanag S.L.

subir

Agence d'État Bulletin Officiel de l'État

Av. Manoteras, 54 - 28050 Madrid