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De conformidad con lo dispuesto en el artículo 319 de la Ley de Sociedades de Capital, se hace público que el 25 de julio de 2024, la Junta General de Accionistas de Juan Bello, Sociedad Anónima (la "Sociedad") acordó reducir el capital social en la cantidad de veintiséis mil ciento cuarenta y cuatro euros con treinta y siete céntimos de euro (26.144,37 €), (quedando fijado en noventa y cuatro mil cincuenta y nueve euros con sesenta y tres céntimos de euro (94.059,63 €)).
Conforme a lo previsto en los artículos 318.2 de la Ley de Sociedades de Capital y 170.1 del Reglamento del Registro Mercantil, la finalidad de la reducción de capital es amortizar un total de ochenta y siete (87) acciones, de trescientos euros con cincuenta y un céntimos de euro (300,51 €) de valor nominal cada una de ellas, que la Sociedad tenía en régimen de autocartera, numeradas de la 2 a la 48 y de la 361 a la 400, todas ellas inclusive.
A los efectos oportunos, se hace constar que la Sociedad adquirió las citadas acciones propias objeto de amortización en pleno cumplimiento de todos los requisitos exigidos por el artículo 146 de la Ley de Sociedades de Capital.
La reducción de capital social no entraña devolución de aportaciones por ser la propia Sociedad la titular de las acciones amortizadas.
La reducción de capital no entraña derecho de oposición de los acreedores a los efectos del artículo 335 c) de la Ley de Sociedades de Capital, en tanto la referida operación de reducción de capital se realiza con cargo a reservas de libre disposición y se destina el importe del valor nominal en que se ha reducido el capital social a una reserva de la que solo será posible disponer con los mismos requisitos que los exigidos para la reducción de capital social.
Como consecuencia de la operación de reducción de capital social, se acordó modificar el artículo 6º de los Estatutos Sociales.
Zaragoza, 31 de julio de 2024.- El Consejero Delegado, Pedro-Jesús Eugenio de Juan Sevilla.
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