Se hace público que las respectivas Juntas Generales de Socios de "ESTEBAN PARRES L´ALJUB, S.L.U.," (Sociedad absorbente) y "HESPALICANTE, S.L.U., " (Sociedad absorbida) aprobaron el 1 de agosto de 2.024, la fusión por absorción de "HESPALICANTE, S.L U." con disolución sin liquidación de la sociedad absorbida y traspaso en bloque a título universal de todo su patrimonio a la Sociedad absorbente.
La fusión se acuerda de arreglo a los principios de neutralidad fiscal, al acogerse la misma a lo previsto en el Capítulo VII del Título VII de la Ley 27/2014 del Impuesto sobre Sociedades.
Se hace constar el derecho que asiste a los socios y acreedores de cada sociedad de obtener el texto íntegro de los acuerdos adoptados y de los balances de fusión, así como el derecho de oposición que corresponde a los Acreedores dentro del plazo del artículo 44 de la Ley 3/2009, y el derecho de información que asiste a los representantes de los trabajadores.
Elche, 1 de agosto de 2024.- Administrador único de Esteban Parres L`Aljub, S.L, Esteban Parres Serrano.
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