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De conformidad con lo dispuesto en el artículo 10 del Real Decreto-ley 5/2023, de 28 de junio, por la que se transponían determinadas Directivas de la Unión Europea en materia de modificaciones estructurales de sociedades mercantiles, entre otras medidas (RD Ley 5/2003), se hace público que las juntas generales extraordinarias de las sociedades relacionadas en el título de este anuncio, en sesiones celebradas el 20 de agosto de 2024, aprobaron por unanimidad la fusión de todas ellas sobre la base de los balances de 31 de enero de 2024, también aprobados por las juntas, mediante absorción por «QUADPACK WOOD, S.L.» de «QUADPACK MANUFACTURING DIVISION, S.L» y «QUADPACK IMPRESSIONS, S.L.U.», todas ellas inscritas en el Registro Mercantil de Barcelona, de conformidad con el Proyecto Común de Fusión depositado en ese Registro el 18 de junio de 2024, depósito publicado en el BORME número 152 del 8 de agosto de 2024, el cual fue también aprobado por unanimidad por cada una de las respectivas juntas. Como consecuencia de la absorción se modifican los Artículos 1º Denominación y Artículo 2º Objeto de la Sociedad Absorbente, de tal modo que la denominación de la misma pasa a ser «QUADPACK WOOD, S.L.» al haber perdido la condición de unipersonalidad y su objeto queda integrado por las actividades siguientes:
"La sociedad tiene por objeto la fabricación, tornería, compra venta de toda clase de productos de embalaje y empaquetado realizados en madera para productos de terceros y la realización de actividades de estampación, serigrafia, tampografía, termo grabado y pintado aplicado a toda clase de productos así como a la comercialización y exportación de sus fabricados. Si alguna de las actividades enumeradas así lo precisare, deberá ser ejercitada a través de profesionales con la titulación adecuada o, en su caso, deberá ser ejercitada previas las correspondientes autorizaciones o licencias administrativas. Dichas actividades podrán ser realizadas por la Sociedad bien directamente, bien mediante la participación en otras sociedades de objeto idéntico o análogo."
Se hace constar que de conformidad con lo previsto en el artículo 53 del RD Ley 5/2003, la Fusión se ha considerado coma uno de los supuestos asimilados a la absorción de sociedades íntegramente participadas, en la medida en que las sociedades absorbidas son sociedades íntegramente participadas de forma directa por el mismo socio, así como a la fusión por absorción cuando la sociedad absorbida fuera titular de forma directa o indirecta del 100% de las acciones o participaciones de la sociedad absorbente. En consecuencia, no ha sido necesario establecer ningún tipo de canje de acciones ni tampoco fijar el procedimiento de canje de acciones Los socios de las Sociedades Absorbidas se integran en la Sociedad Absorbente y resultante de la Fusión en virtud del artículo 35 del RD Ley 5/2023, recibiendo un numero de participaciones, o una cuota, en proporción a su respectiva participación en la Sociedad Absorbida.
Asimismo, se hace constar expresamente el derecho que asiste a los acreedores de todas las sociedades de obtener el texto íntegro del acuerdo adoptado y del balance de fusión, así como el derecho que corresponde a los acreedores de cada una de las sociedades a ejercitar cualesquiera otras acciones que les corresponda en los términos establecidos en el artículo 13 del RD Ley 5/2023.
En Barcelona, 20 de agosto de 2024.- Los administradores de las sociedades fusionadas: D. David Altimiras Freixer, actuando como persona física representante de la sociedad Quadpack Industries, S.A., quien es Administradora Única de la sociedad absorbente Quadpack Wood, S.L. y de una de las sociedades absorbidas, la sociedad Quadpack Impressions, S.L.U. y, D. Timothy-John Eaves, actuando como persona física representante de la sociedad Quadpack Industries, S.A, quien es Administradora Única de la otra sociedad absorbida, Quadpack Manufacturing División, S.L.
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