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Documento BORME-C-2024-4980

KUREDENTAL BAHIA, S.L.

(SOCIEDAD ESCINDIDA)

KURE DENT, S.L.

MULTIDENTAL CHICLANA, S.L.

(SOCIEDADES BENEFICIARIAS)

Publicado en:
«BORME» núm. 162, páginas 6160 a 6160 (1 pág.)
Sección:
SECCIÓN SEGUNDA - Anuncios y avisos legales
Apartado:
ESCISIÓN DE EMPRESAS
Referencia:
BORME-C-2024-4980

TEXTO

De conformidad con lo dispuesto el artículo 10 del Real Decreto-ley 5/2023, de 28 de junio, de Transposición de Directiva de la Unión Europea en materia de modificaciones estructurales de sociedades mercantiles, se hace público que con fecha 7 de agosto de 2024, el socio único de la entidad KUREDENTAL BAHIA, S.L. (sociedad escindida), acordó la escisión total con extinción de dicha entidad vía disolución sin liquidación, mediante la transmisión en bloque de todo su patrimonio a la sociedad KURE DENT, S.L., y la sociedad de nueva creación MULTIDENTAL CHICLANA, S.L. (Sociedades Beneficiarias de la Escisión), que se constituirá simultáneamente, adquiriendo por sucesión a título universal, todos los derechos y obligaciones integrantes del patrimonio escindido y adjudicado a favor de cada una de ellas. Todo ello de conformidad con el Proyecto de Escisión Total redactado y suscritos por los órganos de administración de las sociedades intervinientes y aprobado por el Administrador único de la entidad KUREDENTAL BAHIA, S.L., con fecha 6 de agosto de 2024 que contiene el detalle de los elementos de activo y pasivo que componen el patrimonio escindido transmitido a cada una de las sociedades beneficiarias, esto es, KURE DENT, S.L. y MULTIDENTAL CHICLANA, S.L.

Asimismo, se hace constar expresamente el derecho que asiste a la socios y acreedores de la Sociedad Escindida a solicitar y obtener de forma gratuita el texto íntegro de los acuerdos adoptados y el balance de escisión. Del mismo modo se hace constar el derecho de los acreedores a oponerse a la escisión total, en los términos y con los efectos legalmente previstos, en el plazo de un mes a contar desde la fecha de publicación del anuncio de escisión total, de acuerdo con lo establecido en el art. 13 del citado RD-ley 5/2023.

Chiclana de la Frontera (Cádiz), 14 de agosto de 2024.- El Administrador único, Fernando Gómez Lozano.

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