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Documento BORME-C-2024-4998

HORMIGONES LA PAZ, SOCIEDAD LIMITADA UNIPERSONAL (SOCIEDAD ABSORBENTE)

ASFALTOS Y HORMIGONES TERUEL, SOCIEDAD LIMITADA, EXPLOTACIONES MINERAS JILOCA, SOCIEDAD LIMITADA UNIPERSONAL (SOCIEDADES ABSORBIDAS)

Publicado en:
«BORME» núm. 165, páginas 6181 a 6181 (1 pág.)
Sección:
SECCIÓN SEGUNDA - Anuncios y avisos legales
Apartado:
FUSIONES Y ABSORCIONES DE EMPRESAS
Referencia:
BORME-C-2024-4998

TEXTO

En cumplimiento de lo establecido en el artículo 10 del Real Decreto-Ley 5/2023, de 28 de junio, por el que se adoptan y prorrogan determinadas medidas de respuesta a las consecuencias económicas y sociales de la guerra de Ucrania, de apoyo a la reconstrucción de la isla de La Palma y a otras situaciones de vulnerabilidad; de transposición de Directivas de la Unión Europea en materia de modificaciones estructurales de sociedades mercantiles y conciliación de la vida familiar y la vida profesional de los progenitores y los cuidadores, y de ejecución y cumplimiento del Derecho de la Unión Europea (Real Decreto-Ley 5/2023), se hace público que el Socio Único de Hormigones La Paz, S.L.U., en ejercicio de las facultades de la Junta General de Socios, la Junta General de Socios de Asfaltos y Hormigones Teruel, S.L., y el Socio Único de Explotaciones Mineras Jiloca, S.L.U., en ejercicio de las facultades de la Junta General de Socios, aprobaron en fecha 8 de agosto de 2024 la fusión por absorción de Hormigones La Paz, S.L.U. (Sociedad absorbente) y Asfaltos y Hormigones Teruel, S.L. y Explotaciones Mineras Jiloca, S.L.U. (Sociedades absorbidas).

La fusión implica la integración de las Sociedades absorbidas en la Sociedad absorbente, mediante la transmisión en bloque de sus respectivos patrimonios sociales por sucesión universal en beneficio de esta última, en los términos y condiciones establecidos en el Proyecto Común de fusión aprobado en la misma fecha, y en base al Balance de fusión cerrado a 31 de diciembre de 2023 y aprobado el 28 de junio de 2024.

Habida cuenta que las Sociedades intervinientes en la fusión están íntegramente participadas de forma directa o indirecta por el mismo socio, le es de aplicación el régimen previsto en el artículo 53 del Real Decreto-Ley 5/2023, por remisión del artículo 56, apartado 1 del mismo texto legal.

Se hace constar expresamente el derecho que asiste a los socios y acreedores de las sociedades participantes en la fusión de obtener el texto íntegro de los acuerdos adoptados y del Balance de fusión

Teruel, 21 de agosto de 2024.- Los Administradores Mancomunados, Luis Villena Contreras y Jordi Azlor Marsiñach.

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