En cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 10 del Real Decreto-Ley 5//2023, de 28 de junio, en relación con los artículos 47 y 53 del mismo texto legal, se hace público que el socio único de la sociedad BUROTEC CONSULTORIA TÉCNICA, S.L., UNIPERSONAL, adoptó la decisión, con fecha 5 de agosto de 2024, de aprobar la fusión por absorción de sociedad íntegramente participada, siendo BUROTEC CONSULTORIA TÉCNICA, S.L., UNIPERSONAL la sociedad absorbente y BUROTEC ENTIDAD DE INSPECCIÓN, S.L., UNIPERSONAL la sociedad absorbida, la cual se extinguirá por disolución sin liquidación con la transmisión en bloque de todo su patrimonio a la sociedad absorbente, subrogándose la misma, a título universal, en todos los derechos y obligaciones de la absorbida. Todo ello conforme a los términos del Proyecto Común de Fusión por Absorción, redactado por el Administrador Único de ambas sociedades en fecha 5 de julio de 2024, sin que proceda aumento de capital en la sociedad absorbente de conformidad en lo previsto en el artículo 53, ya que la sociedad absorbida se encuentra íntegramente participada por la sociedad absorbente, ni la elaboración del informe de Administradores y expertos sobre el proyecto de fusión, y sirviendo de base a la operación los Balances de fusión cerrados a 30 de junio de 2024.
Por tratarse de una decisión adoptada en los términos del artículo 9 del Real Decreto-Ley 5//2023, de 28 de junio, el acuerdo de fusión ha podido adoptarse sin necesidad de publicar o depositar previamente los documentos exigidos por la Ley, en especial el proyecto de fusión, y sin anuncio sobre la posibilidad de formular observaciones ni informe de los administradores sobre el proyecto de fusión.
La fusión tendrá efectos contables a partir del 1 de diciembre de 2024. Se hace constar que todos los socios y acreedores de las dos sociedades tienen derecho a obtener el texto íntegro del acuerdo adoptado y de los balances de fusión en el domicilio social de sociedad absorbente.
Asimismo, durante el plazo de un mes a contar desde la última publicación de este anuncio, los acreedores de las sociedades que se fusionan pueden oponerse a la fusión en los términos previstos en el Real Decreto-Ley 5//2023, de 28 de junio.
Madrid, 19 de agosto de 2024.- El Administrador Único de Burotec Consultoria Técnica, S.L., Unipersonal, D. Javier Mediavilla Romeral.
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