Contingut no disponible en català

Us trobeu en

Documento BORME-C-2024-5013

HEALTHSENS, S. L.

Publicado en:
«BORME» núm. 167, páginas 6197 a 6197 (1 pág.)
Sección:
SECCIÓN SEGUNDA - Anuncios y avisos legales
Apartado:
AUMENTO DE CAPITAL
Referencia:
BORME-C-2024-5013

TEXTO

La Junta General de la sociedad HEALTHSENS, S. L., en su reunión del 28 de junio de 2023, adoptó el siguiente acuerdo:

AUMENTAR el capital social en la suma de 250.000 euros mediante la creación de 250.000 nuevas participaciones de la misma serie que las hoy existentes, numeradas correlativamente del 521.770 al 771.769 ambos inclusive, por valor nominal de Un Euro cada una de ellas y con cargo a aportaciones dinerarias. Se acuerda asimismo una prima de asunción para la sociedad de 250.000 euros es decir de Un Euro por participación. Las nuevas participaciones gozarán de los mismos derechos políticos y económicos que las que ya estaban emitidas. El aumento se regirá por las siguientes condiciones:

1ª Los socios podrán ejercitar el derecho de preferencia respecto de las participaciones nuevas por las antiguas de las que fueran titulares, de acuerdo con lo previsto en el artículo 304 de la Ley de Sociedades de Capital.

2ª El plazo para el ejercicio del derecho será de un mes desde la publicación del anuncio de la oferta de asunción de las nuevas participaciones en el Boletín Oficial del Registro Mercantil o, en su caso, desde el envío de comunicación escrita individual a cada uno de los socios y a los usufructuarios inscritos en el Libro registro de socios computándose el plazo de asunción de las nuevas participaciones desde el envío de la comunicación.

3ª Las participaciones no asumidas en el ejercicio del derecho de preferencia serán ofrecidas por el órgano de administración a los socios que lo hubieren ejercitado, para su asunción y desembolso durante un plazo de quince días desde la conclusión del establecido para la asunción preferente. Si existieren varios socios interesados en asumir las participaciones ofrecidas, éstas se adjudicarán en proporción a las que cada uno de ellos ya tuviere en la sociedad. Durante los quince días siguientes a la finalización del plazo anterior, el órgano de administración podrá adjudicar las participaciones no asumidas a personas extrañas a la sociedad.

4ª Las cantidades que cada socio o tercero desembolse por la adquisición de nuevas participaciones se realizarán a través de transferencia bancaria al nº de cuenta de Caixa Bank ES24 2100 4804 0422 0005 5660. La fecha de valor de la consignación del pago mediante transferencia será la que se tomará como fecha válida para el cumplimiento de los distintos plazos del aumento del capital.

5ª La asunción podrá ser incompleta por lo que, cuando el aumento del capital social no se haya desembolsado íntegramente dentro de los plazos fijados al efecto, el capital quedará aumentado en la cuantía desembolsada y el órgano de administración acordará: (a) la ejecución del acuerdo, (b) la modificación de los estatutos y (c) el otorgamiento de la escritura pública, por las nuevas participaciones efectivamente asumidas por los socios o terceros y hasta la cantidad finalmente asumida y desembolsada.

Oviedo, 27 de agosto de 2024.- Secretario del Consejo, Julián Santos Serrano.

subir

Agència Estatal Butlletí Oficial de l'Estat

Avda. de Manoteras, 54 - 28050 Madrid