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En cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 10 del Libro Primero del Real Decreto-ley 5/2023, de 28 de junio, de (entre otros) transposición de Directivas de la Unión Europea en materia de modificaciones estructurales de sociedades mercantiles (en adelante, la "LME"), se hace público que el 2 de septiembre de 2024 el Socio Único de la sociedad SAF-HOLAND ESPAÑA, S.L.U. (en adelante, la "Sociedad Absorbente") y el Accionista Único de la sociedad HALDEX ESPAÑA, S.A.U. (en adelante, la "Sociedad Absorbida") aprobaron la fusión por absorción de la Sociedad Absorbida por parte de la Sociedad Absorbente (en adelante, conjuntamente, las "Sociedades"), por medio de la transmisión en bloque por sucesión universal de todo el patrimonio de la Sociedad Absorbida a la Sociedad Absorbente y subrogándose de este modo SAF-HOLAND ESPAÑA, S.L.U. en todos los derechos y obligaciones de HALDEX ESPAÑA, S.A.U.
Por consiguiente, la Fusión por absorción acordada comporta la disolución y extinción de la Sociedad Absorbida, sin apertura de periodo de liquidación alguno en ésta última sociedad.
Todo ello, conforme a los términos establecidos en el Proyecto Común de Fusión suscrito, con fecha 5 de junio de 2024, por los órganos de administración de las Sociedades que se fusionan, sirviendo de base de la fusión los balances de la Sociedad Absorbente y de la Sociedad Absorbida cerrados a 31 de diciembre de 2023, debidamente aprobados y, en el caso de la Sociedad Absorbente auditados por su respectivo auditor de cuentas.
Que la Sociedad Absorbente es titular directa de todas las acciones en las que se divide el capital social de la Sociedad Absorbida.
De conformidad con lo dispuesto en el artículo 53.1 LME, el acuerdo de fusión se ha adoptado sin necesidad de publicar o depositar previamente los documentos exigidos por la ley, al haberse aprobado por el Accionista Único, en el ejercicio de las competencias de la Junta General con carácter universal, de cada una de las Sociedades
Se hace constar expresamente, a los efectos de lo previsto en el artículo 10 LME, el derecho de los accionistas y acreedores de las Sociedades que se fusionan a obtener el texto íntegro de los acuerdos adoptados y de los balances de fusión, los cuales se encuentran a su disposición en el domicilio social respectivo de cada una de las Sociedades que se fusionan, teniendo los accionistas y acreedores igualmente el derecho a obtener la entrega o el envío gratuito de los mismos.
Barcelona, 2 de septiembre de 2024.- Administrador Único de SAF-Holand España, S.L.U. y Haldex España,, S.A.U., D. Alexandre Sebastien Charpiot.
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