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Documento BORME-C-2024-5069

CLUB DE FUTBOL INTERCITY, S.A.D.

Publicado en:
«BORME» núm. 173, páginas 6264 a 6267 (4 págs.)
Sección:
SECCIÓN SEGUNDA - Anuncios y avisos legales
Apartado:
REDUCCIÓN DE CAPITAL
Referencia:
BORME-C-2024-5069

TEXTO

De conformidad con lo dispuesto en la Ley de Sociedades de Capital y el Reglamento del Registro Mercantil, se hacen públicos los acuerdos adoptados por la Junta General de accionistas de la Club de Fútbol Intercity, S.A.D. (en adelante, la "Sociedad") en fecha 23 de agosto de 2024, de:

1) Agrupación de acciones (contrasplit) como consecuencia del aumento del valor nominal por acción y simultánea reducción del número de acciones emitidas por la Sociedad. Autorización al Consejo de Administración para la adquisición derivativa de acciones propias por parte de la Sociedad y reducción de capital social por amortización de acciones, todo ello con el propósito de atender a la ecuación de canje en la agrupación de acciones.

Agrupación y fecha de efectos: Los accionistas de la Sociedad han acordado agrupar y cancelar todas las acciones en que se divida el capital social de la Sociedad al tiempo de su ejecución para su canje por acciones de nueva emisión en la proporción de 1 acción nueva por cada 20 acciones antiguas, con elevación del valor nominal unitario de las acciones de 0,10 € a 2,00 €, sin alteración de la cifra de capital social de la Sociedad.

Las nuevas acciones emitidas y puestas en circulación son acciones ordinarias, representadas mediante anotaciones en cuenta, cuyo registro contable estará atribuido a la Sociedad de Gestión de los Sistemas de Registro, Compensación y Liquidación de Valores, S.A.U. y a sus entidades participantes. Las nuevas acciones son de la misma serie y clase y tendrán los mismos derechos económicos y políticos que las acciones actuales, en proporción a su valor nominal.

Fecha de efectos y procedimiento de canje: La ejecución del acuerdo de agrupación (contrasplit) y la consiguiente modificación estatutaria surtirá efectos una vez el acuerdo de agrupación y la consiguiente modificación estatutaria hayan quedado inscritos en la hoja registral de la Sociedad.

El canje de las acciones surtirá efectos una vez el acuerdo de agrupación y la consiguiente modificación estatutaria hayan quedado inscritos en la hoja registral de la Sociedad. La fecha de efectos se hará pública a través de la publicación de la correspondiente comunicación de información privilegiada u otra información relevante.

Así, tendrán derecho a recibir 1 acción nueva por cada 20 antiguas los accionistas que figuren legitimados como tales al cierre de los mercados el día bursátil siguiente a la fecha de efectos conforme a los registros contables de Iberclear y de sus entidades participantes, practicándose dicho canje de forma automática. Las acciones nuevas se entregarán a los accionistas el segundo día hábil bursátil siguiente a la fecha de efectos.

El canje de acciones se efectuará con arreglo a los procedimientos establecidos para los valores representados por medio de anotaciones en cuenta, a través de las correspondientes entidades participantes, conforme a las instrucciones emitidas al efecto por Iberclear y, en caso de designarse, por la entidad agente.

Reducción de capital social previa: Con carácter previo a, pero en unidad de acto con, la ejecución de la agrupación de acciones referida en el punto anterior, los accionistas han acordado reducir el capital social de la Sociedad en la cuantía de 1,8 € mediante la amortización de 18 acciones de 0,10 € de valor nominal cada una de ellas, que la Sociedad tiene en autocartera, con la finalidad de permitir el cuadre del número de acciones para poder llevar a cabo la agrupación de acciones conforme a la previsto en el apartado 2.1 anterior del presente acuerdo, de forma que el número total de acciones preexistentes a agrupar sea múltiplo del establecido en el canje, esto es, 20.

A fecha de hoy, la Sociedad tiene 94.403.358 acciones en circulación, de forma que se acuerda una amortización de 18 acciones de autocartera de la Sociedad a fin de que el número de acciones existentes previo a la operación de agrupación sea de 94.403.340, cifra que permite aplicar la relación de canje de 1 acción nueva por cada 20 acciones antiguas.

La reducción de capital se realiza con cargo a reservas libres, mediante la dotación de una reserva por capital amortizado por un importe igual al valor nominal de las acciones amortizadas, de la que solo será posible disponer con los mismos requisitos que los exigidos para la reducción del capital social, en aplicación de lo previsto en el artículo 335.c) de la Ley de Sociedades de Capital. En consecuencia, conforme a lo señalado en dicho precepto, los acreedores de la Sociedad no tendrán el derecho de oposición al que se refiere el artículo 334 de la Ley de Sociedades de Capital en relación con la reducción de capital.

En consecuencia, tras la reducción de capital por amortización de acciones e inmediatamente antes de llevar a cabo la agrupación de acciones, el capital social queda establecido en un importe de 9.440.334 €, dividido en 94.403.340 acciones ordinarias de 0,10 € de valor nominal cada una de ellas.

Fracciones de acciones: Tras la reducción de capital de las 18 acciones en autocartera para el ajuste del capital social, aquellos accionistas que, tras aplicar la relación de canje resultado de la agrupación sean titulares de un número de acciones que no sea múltiplo de 20 podrán adquirir o transmitir las acciones necesarias para completar un número de acciones que sea múltiplo del establecido en la relación de canje.

La Junta General de la Sociedad ha acordado que, si al cierre de los mercados el día bursátil siguiente a la fecha de inscripción de los acuerdos según lo descrito anteriormente, algún accionista fuese todavía titular de un número de acciones que no sea múltiplo de 20, las correspondientes acciones sean adquiridas por la Sociedad (tanto por exceso como por defecto de acciones).

Solicitud de admisión a negociación oficial: la Junta General acuerda que, una vez inscrita en el Registro Mercantil la escritura pública por la que se formalice la agrupación de las acciones actualmente en circulación y canje por las de nueva emisión con modificación del valor nominal de las acciones, sean simultáneamente excluidas de cotización las antiguas acciones, y admitidas a negociación las nuevas acciones en BME Growth, a través de la Sociedad de Gestión de los Sistemas de Registro, Compensación y Liquidación de Valores, S.A.U. (Iberclear), así como realizar los trámites y actuaciones que sean necesarios y presentar los documentos que sean precisos ante los organismos competentes para la admisión a negociación de las acciones nuevas emitidas como consecuencia del acuerdo adoptado.

Capital social resultante: En consecuencia, el capital social de la Sociedad tras la ejecución del acuerdo de contrasplit se cifra en 9.440.334,00 €, dividido en 4.720.167 acciones, todas ellas de la misma clase y serie y con los mismos derechos y obligaciones que las ya existentes, con un valor nominal de 2 € cada una de ellas.

2) Compensación de pérdidas sociales con cargo a reservas disponibles y prima de emisión por importe de 1.598.892,52 €, y reducción de capital social por importe de 9.204.325,65 € mediante la reducción del valor nominal de las acciones hasta la cifra de 0,05 € por acción con la finalidad de restablecer el equilibrio entre el capital y el patrimonio neto de la Sociedad disminuido por consecuencia de pérdidas.

Compensación pérdidas sociales con cargo a las reservas disponibles y prima de emisión por importe de 1.598.892,52 €: Los accionistas de la Sociedad han acordado compensar parcialmente las pérdidas sociales registradas en el balance individual de la Sociedad de fecha 3º de abril de 2024 y verificado por el auditor de cuentas de la Sociedad (que ascienden a 15.450.341,75 €), con cargo a: (a) la totalidad de reservas voluntarias por importe de 373.789,56 €; y (b) la totalidad de prima de emisión por importe de 1.225.102,96 €. Una vez aplicadas la totalidad de dichas reservas y prima de emisión a compensar las pérdidas sociales, el saldo de las pérdidas sociales asciende a (13.851.449,23 €).

Se hace constar, a efectos de lo previsto en el artículo 322.2 de la Ley de Sociedades de Capital, que, tras esta compensación, la Sociedad no cuenta con ninguna reserva voluntaria ni prima de emisión.

Reducción de capital social por reducción del valor nominal de las acciones hasta 0,05 € por acción con la finalidad de restablecer el equilibrio entre el capital y el patrimonio neto disminuido por consecuencia de pérdidas: A los efectos de compensar parcialmente las pérdidas sociales de la Sociedad remanentes tras la aplicación de las reservas voluntarias y la prima de emisión de la Sociedad a dicho propósito, y con base en el balance auditado antes referido, la Junta General ha acordado reducir el capital social en la cifra de 9.204.325,65 € (teniendo en cuenta el resultado de la cifra de capital social y número de acciones tras la agrupación acordada anteriormente), mediante la disminución en 1,95 € (de 2,00 € a 0,05 €) del valor nominal de todas y cada una de las acciones de la Sociedad, de conformidad con lo previsto en el artículo 320 de la Ley de Sociedades de Capital. Dicho importe se aplica a compensar parcialmente las pérdidas sociales registradas en el balance de la Sociedad una vez efectuada la compensación acordada en el punto anterior.

Tras la reducción de capital social por reducción del valor nominal de las acciones, las pérdidas se reducen parcialmente con la reducción de capital social hasta una cifra de (4.647.123,58 €).

En consecuencia, el capital social de la Sociedad se cifra en 236.008,35 €, dividido en 4.720.167 acciones, todas ellas de la misma clase y serie y con los mismos derechos y obligaciones que las ya existentes, con un valor nominal de 0,05 € cada una de ellas.

Se hace constar expresamente que los acreedores de la Sociedad no podrán oponerse a la reducción de capital social acordada de conformidad con el artículo 335.a de la Ley de Sociedades de Capital.

La presente comunicación se realiza de conformidad con el artículo 319 de la Ley de Sociedades de Capital, que obliga a la publicación de los precedentes acuerdos.

Alicante, 3 de septiembre de 2024.- Presidente del Consejo de Administración, Salvador Martí Varó.

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