Contingut no disponible en català
De conformidad con lo dispuesto en el artículo 10 del del Real Decreto-ley 5/2023, de 28 de junio, por el que se adoptan y prorrogan determinadas medidas de respuesta a las consecuencias económicas y sociales de la Guerra de Ucrania, de apoyo a la reconstrucción de la isla de La Palma y a otras situaciones de vulnerabilidad; de transposición de Directivas de la Unión Europea en materia de modificaciones estructurales de sociedades mercantiles y conciliación de la vida familiar y la vida profesional de los progenitores y los cuidadores; y de ejecución y cumplimiento del Derecho de la Unión Europea (el "RD"), se comunica que, en fecha 9 de septiembre de 2024, el accionista único de EMPRESA MONFORTE, S.A.U. (la "Sociedad Absorbente"), y el accionista/socio único de LA REQUENENSE DE AUTOBUSES CARMEN LIMORTE, S.A.U. y de ALL VEHICLES RENTING, S.L.U. (las "Sociedades Absorbidas"), aprobaron la fusión por absorción de LA REQUENENSE DE AUTOBUSES CARMEN LIMORTE, S.A.U. y de ALL VEHICLES RENTING, S.L.U. por parte de EMPRESA MONFORTE, S.A.U., mediante la transmisión en bloque del patrimonio de las Sociedades Absorbidas a la Sociedad Absorbente y la disolución de las Sociedades Absorbidas sin liquidación.
La operación de fusión se aprobó ajustándose estrictamente al proyecto de fusión suscrito en fecha 28 de junio de 2024 por los órganos de administración de la Sociedad Absorbente y de las Sociedades Absorbidas, utilizando como balances de fusión los cerrados a fecha 31 de diciembre de 2023.
Se hace constar que la fusión se ha acogido al régimen simplificado previsto en el artículo 53 del RD, en la medida en que las Sociedades Absorbidas están participadas íntegramente por el mismo socio (EMPRESA MONFORTE, S.A.U.). En este sentido, y dado que el acuerdo de fusión ha sido adoptado de forma unánime por el socio/accionista único de las Sociedades Absorbidas y de la Sociedad Absorbente (lo que equivale a la unanimidad de las juntas generales), no ha sido necesario cumplir con los trámites expresados en el artículo 9 del RD.
Se hace constar el derecho que asiste a los socios/accionistas y acreedores de la Sociedad Absorbente y de las Sociedades Absorbidas a obtener el texto íntegro de los acuerdos adoptados y de los balances de fusión, en los términos establecidos en el artículo 10 del RD.
Por último, se hace constar a efectos del mencionado artículo 10 del RD, la carencia de página web tanto de la Sociedad Absorbente como de las Sociedades Absorbidas.
Lugo, 9 de septiembre de 2024.- En calidad de (i) administrador único de La Requenense de Autobuses Carmen Limorte, S.A.U. y de Empresa Monforte, S.A.U.; y (ii) de representante persona física de Empresa Monforte, S.A.U., administrador único de All Vehicles Renting, S.L.U, Don Raúl José López López.
Agència Estatal Butlletí Oficial de l'Estat
Avda. de Manoteras, 54 - 28050 Madrid