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Documento BORME-C-2024-5152

ACRO ARQUITECTOS E INGENIEROS, S.L.P.

(SOCIEDAD TOTALMENTE ESCINDIDA)

ACRO ARQUITECTOS E INGENIEROS, S.L.P.

ACRO AEI REAL ESTATE, S.L.

(SOCIEDADES BENEFICIARIAS)

Publicado en:
«BORME» núm. 178, páginas 6367 a 6367 (1 pág.)
Sección:
SECCIÓN SEGUNDA - Anuncios y avisos legales
Apartado:
ESCISIÓN DE EMPRESAS
Referencia:
BORME-C-2024-5152

TEXTO

De conformidad con lo dispuesto en los artículos 10 y 63 del Real Decreto-ley 5/2023, de 28 de junio, de transposición de Directivas de la Unión Europea en materia de modificaciones estructurales de sociedades mercantiles, se hace público que, la Junta General Extraordinaria y Universal de la mercantil "ACRO ARQUITECTOS E INGENIEROS, S.L.P." (Sociedad Totalmente Escindida), celebrada el día 2 de septiembre de 2024, aprobó, por unanimidad, la escisión total en los términos previstos en los artículos 58.1. 1.º y 59 del RO 5/2023. La Sociedad "ACRO ARQUITECTOS E INGENIEROS, S.L.P." (Sociedad totalmente escindida), se disolverá y extinguirá, sin liquidación, transmitiendo todo su patrimonio en dos partes, cada una de las cuales se transmite en bloque por sucesión universal a dos Sociedades Beneficiarias, ambas de nueva creación. Una de ellas sucederá en la denominación a la Sociedad Totalmente Escindida, esto es, "ACRO ARQUITECTOS E INGENIEROS, S.L.P. " (Sociedad Beneficiaria), y otra denominada "ACRO AEI REAL ESTATE, S.L." (Sociedad Beneficiaria). "ACRO AEI REAL ESTATE, S.L." (Sociedad Beneficiaria) asumirá los activos y pasivos inmobiliarios de la Sociedad escindida y; "ACRO ARQUITECTOS E INGENIEROS, S.L.P." asumirá el resto de los activos y pasivos de la Sociedad escindida, que constituye el negocio o explotación económica principal de la Sociedad escindida.

Se hace constar el Derecho que asiste a los socios y acreedores de las sociedades participantes en la escisión a obtener el texto íntegro de los acuerdos adoptados y de los balances de escisión, así como el Derecho de oposición que corresponde a los acreedores, todo ello, en los términos establecidos en el artículo 10 del Real Decreto-Ley 5/2023, de 28 de junio, que deroga la Ley 3/2009, de 3 de abril, de Modificaciones Estructurales de las Sociedades Mercantiles.

En Madrid a, 2 de septiembre de 2024.- Los administradores solidarios de la Sociedad, Acro Arquitectos e Ingenieros, S.L.P., Fdo. Don Raúl Carmona Muñoz y Fdo. Don José Antonio Rosado Artalejo.

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