De conformidad con lo establecido en el artículo 10 del Real Decreto-ley 5/2023, de 28 de junio, de, entre otras cuestiones, transposición de Directivas de la Unión Europea en materia de modificaciones estructurales de sociedades mercantiles (en adelante Real Decreto-ley 5/2023), se hace público que con fecha 16 de septiembre de 2024 en las respectivas Juntas Generales de socios fue acordada la fusión por absorción de TEIKA VENDING CENTRO, S.L.U. (Sociedad Absorbente) con CAFEMAX, S.L.U. (Sociedad Absorbida), sobre la base del proyecto común de fusión de fecha 31 de julio de 2024, de conformidad con lo previsto en el artículo 53 del Real Decreto-ley 5/2023, de 28 de junio.
Se hace constar expresamente que, a efectos del artículo 46 del Real Decreto-ley 5/2023, de 28 de junio, en las sociedades intervinientes en la fusión no existen obligacionistas ni titulares de derechos especiales, habiendo sido debidamente informados los representantes de los trabajadores de las sociedades intervinientes en la fusión. De conformidad con el artículo 10 del Real Decreto-ley 5/2023, de 28 de junio, se reconoce el derecho que asiste a los socios y acreedores de las sociedades participantes a obtener el texto íntegro de los acuerdos adoptados y del balance de fusión.
L'Ollería, 16 de septiembre de 2024.- Administrador único de "Teika Vending Centro, S.L.U." y Administrador único de "Cafemax, S.L.U.", D. Miguel Ángel Bruni del Val y D. Nicolás Barber Castellá.
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