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Documento BORME-C-2024-5168

COMPAÑÍA AUXILIAR DEL PUERTO, S.A.

Publicado en:
«BORME» núm. 179, páginas 6395 a 6395 (1 pág.)
Sección:
SECCIÓN SEGUNDA - Anuncios y avisos legales
Apartado:
REDUCCIÓN DE CAPITAL
Referencia:
BORME-C-2024-5168

TEXTO

De conformidad con lo previsto en el artículo 319 de la Ley de Sociedades de Capital, se hace público que la Junta General Extraordinaria de Accionistas de la Sociedad, celebrada el día 5 de septiembre de 2024, acordó reducir el capital social, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 317, 329 y concordantes de la Ley de Sociedades de Capital, en la cuantía de tres millones trescientos sesenta y dos mil doscientos treinta y un euros (3.362.231,00 €), mediante la reducción del valor nominal de todas y cada una de las acciones de la Sociedad a razón de veintinueve euros (29,00 €) por acción, con la finalidad de devolver aportaciones a todos los accionistas.

El capital social de la Sociedad quedará fijado, tras dicha reducción, en doscientos treinta y un mil ochocientos setenta y ocho euros (231.878,00 €), representado por ciento quince mil novecientas treinta y nueve (115.939) acciones, de dos euros (2 €) de valor nominal cada una de ellas.

A los accionistas de la Sociedad les serán restituidas las aportaciones realizadas a prorrata del valor desembolsado de las respectivas acciones de conformidad con lo dispuesto en el artículo 330 de la Ley de Sociedades de Capital. Estando el valor nominal de las acciones de la Compañía desembolsado en su integridad, se restituirá a los accionistas un total de tres millones trescientos sesenta y dos mil doscientos treinta y un euros (3.362.231,00 €), a razón de veintinueve euros (29,00 €) por acción.

El importe correspondiente a cada accionista se abonará mediante transferencia bancaria, como máximo, dentro del mes siguiente a la fecha en la que haya transcurrido el plazo legal de oposición de acreedores ex artículo 334 y siguientes de la Ley de Sociedades de Capital.

En particular, a tenor de lo establecido en los artículos 334 y siguientes de la Ley de Sociedades de Capital, los acreedores de la Sociedad cuyo crédito haya nacido antes de la fecha de publicación del último anuncio del acuerdo de reducción del capital, no hayan vencido en ese momento y no estén suficientemente garantizados, tendrán el derecho de oponerse a la reducción en el plazo de un mes a contar desde la fecha de publicación del último anuncio del acuerdo.

En consecuencia, la ejecución de la reducción de capital objeto del presente y, por tanto, la restitución de aportaciones a los accionistas, tendrán lugar en el plazo máximo de un mes desde el transcurso del plazo legal de oposición de acreedores.

Como consecuencia de lo anterior, se acordó asimismo la modificación del artículo 5 de los Estatutos Sociales, relativo al capital social.

Madrid, 5 de septiembre de 2024.- El Administrador Único "A. Pérez y Cía, S.L.", debidamente representado por, D. Javier Ferrer Muñoz-Seca.

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