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En cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 10 del Real Decreto-ley 5/2023, de 28 de junio (el "RDL 5/2023"), se hace público que, el 16 de septiembre de 2024, los socios únicos de las sociedades Aedas Homes Opco, S.L.U., Damalana Servicios y Gestiones, S.L.U., Egon Asset Development, S.L.U., Servicios Inmobiliarios Mauna Loa, S.L.U., Aedas Homes Colmenar Viejo, S.L.U. y Falcon Desarrollos Inmobiliarios, S.L.U., tras la aprobación de los correspondientes balances de fusión y del proyecto común de fusión, aprobaron la fusión por absorción de Damalana Servicios y Gestiones, S.L.U., Egon Asset Development, S.L.U., Servicios Inmobiliarios Mauna Loa, S.L.U., Aedas Homes Colmenar Viejo, S.L.U. y Falcon Desarrollos Inmobiliarios, S.L.U. (las "Sociedades Absorbidas") por Aedas Homes Opco, S.L.U. (la "Sociedad Absorbente" y, junto con las Sociedades Absorbidas, las "Sociedades"), con extinción, vía disolución sin liquidación, de las Sociedades Absorbidas y transmisión en bloque, a título universal, de sus respectivos patrimonios a la Sociedad Absorbente, que adquirirá por sucesión universal todos los derechos y obligaciones de las Sociedades Absorbidas (la "Fusión").
En la medida en que las Sociedades Absorbidas son sociedades unipersonales íntegramente participadas de forma directa por la Sociedad Absorbente, la Fusión se acoge al régimen simplificado previsto en el artículo 53.1 del RDL 5/2023, conforme al cual resultan de aplicación determinadas dispensas. Entre otros aspectos, no ha resultado necesario llevar a cabo un aumento de capital en la Sociedad Absorbente.
Los acuerdos de fusión han sido aprobados conforme al proyecto común de fusión suscrito y aprobado por los órganos de administración de las Sociedades el 16 de septiembre de 2024. Conforme al artículo 9 del RDL 5/2023, al haber sido adoptados los acuerdos de fusión por los socios únicos de las Sociedades (lo que equivale, a efectos del acuerdo de fusión, a que este se adopte en junta universal y por unanimidad) no ha sido necesaria la publicación o el depósito de los documentos exigidos por la ley ni, por tanto, el depósito del proyecto común de fusión en el correspondiente Registro Mercantil. Los correspondientes balances de fusión son los cerrados a 31 de marzo de 2024 y han sido auditados por los auditores de cuentas de Aedas Homes Opco, S.L.U, Damalana Servicios y Gestiones, S.L.U. y Aedas Homes Colmenar Viejo, S.L.U., no teniendo el resto de Sociedades obligación de auditar sus cuentas anuales.
De conformidad con lo previsto en el artículo 10 del RDL 5/2023, se hace constar expresamente el derecho que asiste a los socios y acreedores de las Sociedades a obtener el texto íntegro de los acuerdos de fusión adoptados y de los balances de fusión, así como al envío gratuito, por medios electrónicos, de un ejemplar de cada uno de ellos, que además se encuentran a su disposición en el domicilio social de las Sociedades.
En Madrid, 16 de septiembre de 2024.- El secretario no miembro del consejo de administración de Aedas Homes Opco, S.L.U., D. Patxi Xabier Castaños Gil, los administradores mancomunados de Damalana Servicios y Gestiones, S.L.U. y Aedas Homes Colmenar Viejo, S.L.U., D. Alberto Delgado Montero y Dña. María José Leal de Carlos, y los administradores mancomunados de Egon Asset Development, S.L.U., Servicios Inmobiliarios Mauna Loa, S.L.U. y Falcon Desarrollos Inmobiliarios, S.L.U., D. David Martínez Montero y Dña. María José Leal de Carlos.
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