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Documento BORME-C-2024-5291

SGS ESPAÑOLA DE CONTROL, S.A.U.

(SOCIEDAD ABSORBENTE)

SGS QUALICAFÉ, S.A.U.

(SOCIEDAD ABSORBIDA)

Publicado en:
«BORME» núm. 186, páginas 6532 a 6532 (1 pág.)
Sección:
SECCIÓN SEGUNDA - Anuncios y avisos legales
Apartado:
FUSIONES Y ABSORCIONES DE EMPRESAS
Referencia:
BORME-C-2024-5291

TEXTO

De acuerdo con lo dispuesto en el artículo 10 del Real Decreto-ley 5/2023, de 28 de junio, por el que se adoptan y prorrogan determinadas medidas de respuesta a las consecuencias económicas y sociales de la Guerra de Ucrania, de apoyo a la reconstrucción de la isla de La Palma y a otras situaciones de vulnerabilidad; de transposición de Directivas de la Unión Europea en materia de modificaciones estructurales de sociedades mercantiles y conciliación de la vida familiar y la vida profesional de los progenitores y los cuidadores; y de ejecución y cumplimiento del Derecho de la Unión Europea (en adelante, "RDL 5/2023") se hace público que, con fecha 23 de septiembre de 2024, las Juntas Generales Extraordinarias y Universales de las sociedades anteriormente indicadas, han aprobado la fusión de SGS Española de Control, S.A.U. y SGS QUALICAFÉ, S.A.U. mediante la absorción de esta última por la primera, produciéndose la disolución sin liquidación de la Sociedad Absorbida y la trasmisión en bloque a favor de la Sociedad Absorbente, a título universal, de todos los elementos patrimoniales integrantes del activo y del pasivo de la Sociedad Absorbida, quedando en consecuencia, SGS Española de Control, S.A.U. subrogada en todos los derechos y obligaciones de la Sociedad Absorbida.

Se pone de manifiesto que a la presente fusión por absorción le resulta de aplicación el procedimiento de absorción de sociedad íntegramente participada, en virtud de lo establecido en el artículo 53.1 del RDL 5/2023.

En dichas Juntas Generales se acordó aprobar los respectivos Balances de fusión, cerrados a 31 de diciembre de 2023 y que la fusión, a efectos contables, tenga efectos plenos a partir del 1 de enero de 2024.

Se hace constar expresamente el derecho que le asiste a los socios y acreedores de las sociedades intervinientes de obtener el texto íntegro de los acuerdos adoptados y de los balances presentados, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 10.1 del RDL 5/2023.

Madrid, 23 de septiembre de 2024.- D. Diego Llavero Rivera, El Secretario Consejero del Consejo de Administración.

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