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Documento BORME-C-2024-5321

SINASA GESTIÓN INMOBILIARIA, S.L.

(SOCIEDAD ESCINDIDA)

AUTOMÓVILES CUZCO, S.L.U. (SOCIEDAD PREEXISTENTE)

AREA CASTELLANA, S.L. (SOCIEDAD DE NUEVA CREACIÓN)

AREA CASTELLANA NORTE, S.L. (SOCIEDAD DE NUEVA CREACIÓN)

(SOCIEDADES BENEFICIARIAS)

Publicado en:
«BORME» núm. 188, páginas 6569 a 6569 (1 pág.)
Sección:
SECCIÓN SEGUNDA - Anuncios y avisos legales
Apartado:
ESCISIÓN DE EMPRESAS
Referencia:
BORME-C-2024-5321

TEXTO

Conforme a lo establecido en el artículo 10 del Real Decreto-Ley 5/2023, de 28 de junio (el "RDL"), se hace público que con fecha 27 de septiembre de 2024, la Junta General de Socios de la sociedad escindida, Sinasa Gestión Inmobiliaria, S.L., celebrada de forma universal, y la Socia Única de la sociedad beneficiaria preexistente, Automóviles Cuzco, S.L.U., acordaron por unanimidad la escisión total de la primera, que se extinguirá por la presente operación, con división de su patrimonio en tres partes, y con traspaso de una de ellas a la sociedad preexistente Automóviles Cuzco, S.L. y de las otras dos, una a cada una de las dos sociedades de nueva creación denominadas Area Castellana, S.L. y Area Castellana Norte, S.L.

El acuerdo de escisión fue adoptado con base en el Proyecto de Escisión Total formulado por los administradores de las sociedades preexistentes participantes en la presente operación con fecha 27 de septiembre de 2024 y sin necesidad de publicar o depositar previamente los documentos exigidos por la Ley, al ser de aplicación lo indicado en el artículo 9.1 del RDL.

De conformidad con lo previsto en el artículo 10 del RDL, se hace constar expresamente el derecho que asiste a los socios y acreedores de las sociedades participantes en esta operación de obtener, en el domicilio social respectivo, el texto íntegro de los acuerdos y de los balances de escisión.

Asimismo, se hace constar que están a disposición de las personas que se señalan en el artículo 46 del RDL, especialmente de los representantes de los trabajadores de las sociedades antes mencionadas y de éstos, en sus respectivos domicilios sociales, la documentación e información a la que se refiere el citado precepto.

Igualmente, se hace constar el derecho que asiste a los acreedores de las sociedades participantes en la presente operación a oponerse a la misma en los términos previstos en el artículo 13 del RDL.

Madrid, 27 de septiembre de 2024.- La Secretaria de los Consejos de Administración de Sinasa Gestión Inmobiliaría, S.L. y Automóviles Cuzco, S.L.U, Doña Pilar González González.

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