Está Vd. en

Documento BORME-C-2024-5332

CINELUX, S.A.U.

(SOCIEDAD ABSORBENTE)

TANAMA INVESTMENTS, S.L.U.

KINOLUX MADRID, S.L.U.

(SOCIEDADES ABSORBIDAS)

Publicado en:
«BORME» núm. 189, páginas 6580 a 6580 (1 pág.)
Sección:
SECCIÓN SEGUNDA - Anuncios y avisos legales
Apartado:
FUSIONES Y ABSORCIONES DE EMPRESAS
Referencia:
BORME-C-2024-5332

TEXTO

De conformidad con el artículo 10 del Real Decreto-Ley 5/2023 (en adelante, el "RDL"), se hace público que la mercantil Parasol Media, S.L., socia única de la mercantil Tanama Investments, S.L.U. (Sociedad Absorbida) que, a su vez, actúa como accionista única de Cinelux, S.A.U. (Sociedad Absorbente), que, a su vez, actúa como socia única de Kinolux Madrid, S.L.U. (Sociedad Absorbida), (en adelante, las "Sociedades Intervinientes") han decidido en fecha 16 de septiembre de 2024, en ejercicio de las competencias atribuidas a la Junta General de Socios/Accionistas, la fusión por absorción de Cinelux, S.A.U. (Sociedad Absorbente), Tanama Investments, S.L.U. y Kinolux Madrid, S.L.U. (Sociedades Absorbidas), en los términos establecidos en el Proyecto de Fusión por Absorción de las sociedades Tanama Investments, S.L.U. y Kinolux Madrid, S.L.U. (Sociedades Absorbidas) y Cinelux, S.A.U. (Sociedad Absorbente), de fecha 28 de junio de 2024.

La fusión implica la transmisión en bloque del patrimonio de las Sociedades Absorbidas a la Sociedad Absorbente con la consiguiente extinción, sin liquidación, de las Sociedades Absorbidas. La presente operación de fusión se realizará mediante la fusión de Tanama Investments, S.L.U. (Sociedad Absorbida) por parte de Cinelux, S.A.U. (Sociedad Absorbente), al ser la primera, Accionista Única de la segunda, cumpliéndose, asimismo, lo dispuesto en el artículo 56 del RDL en relación con el artículo 53 del RDL. Asimismo, y en simultaneidad de acto, se llevará a cabo la absorción de la sociedad Kinolux Madrid, S.L.U. (Sociedad Absorbida) por parte de Cinelux, S.A.U. (Sociedad Absorbente), siendo la segunda la socia única de la primera, de forma que se cumple con lo dispuesto en el artículo 53 del RDL para la absorción de sociedades íntegramente participadas.

Se hace constar el derecho que corresponde a las Socias/Accionista Únicas y a los acreedores de las Sociedades Intervinientes de obtener el texto íntegro de los acuerdos adoptados, el balance de fusión con los respectivos informes de auditoría de las sociedades Cinelux, S.A.U (Sociedad Absorbente) y Kinolux Madrid, S.L.U. (Sociedad Absorbida), al estar obligadas a auditar sus Cuentas Anuales, y de ejercitar los demás derechos que les confiere el mencionado RDL.

Madrid, 16 de septiembre de 2024.- Álvaro Diego Moraga Gómez-Olea, Administrador Solidario de las sociedades Cinelux, S.A.U. (Sociedad Absorbente), Tanama Investments, S.L.U. y Kinolux Madrid, S.L.U. (Sociedades Absorbidas).

subir

Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado

Avda. de Manoteras, 54 - 28050 Madrid