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Documento BORME-C-2024-5336

WE LIVE FOR SPORTS, SL (SOCIEDAD ABSORBENTE)

EQUIPAZIONES 2013, SL (SOCIEDAD ABSORBIDA)

Publicado en:
«BORME» núm. 189, páginas 6584 a 6584 (1 pág.)
Sección:
SECCIÓN SEGUNDA - Anuncios y avisos legales
Apartado:
FUSIONES Y ABSORCIONES DE EMPRESAS
Referencia:
BORME-C-2024-5336

TEXTO

Conforme a lo dispuesto en el artículo 10 del Real Decreto-ley 5/2023, de 28 de junio, por el que se regulan, entre otros, la transposición de Directivas de la Unión Europea en materia de modificaciones estructurales de sociedades mercantiles (en adelante, la LME), se hace público que la sociedad EQUIPAZIONES 2013, SL con C.I.F. B99373383 (en adelante, las Sociedad Absorbida) y WE LIVE FOR SPORTS, SL con C.I.F.B99381774 (en adelante, la Sociedad Absorbente), en sus respectivas Juntas Generales Extraordinarias y Universales de fecha 19 de Junio de 2024, aprobaron por unanimidad la fusión por absorción mediante la cual, la Sociedad Absorbente, adquiere la totalidad del patrimonio de la Sociedad Absorbida, por sucesión y a título universal, de todos los derechos y obligaciones integrantes de esta última, que quedará disuelta, sin liquidación.

La fusión se realiza conforme al procedimiento de acuerdo unánime de fusión, regulado en el artículo 9 de la LME conforme al proyecto común de fusión suscrito por los Administradores Únicos de la Sociedades Absorbente y de la Sociedad Absorbida, de fecha 19 de Junio de 2024, que fue aprobado por los socios de la Sociedad Absorbente y de la Sociedad Absorbida, habiéndose aprobado igualmente los balances específicos de dichas sociedades cerrados a 31 de Diciembre de 2023. La fusión se considerará realizada a efectos contables por cuenta de la sociedad absorbente a partir del 1 de Enero de 2024.

Asimismo, de conformidad con el artículo 9 de la LME, dado que la fusión fue aprobada por cada una de las sociedades participantes en Junta Universal y por unanimidad de todos los socios con derecho a voto, el acuerdo de fusión puede adoptarse sin necesidad de publicar el proyecto de fusión.

Se hace constar expresamente el derecho que asiste a los socios y acreedores de las sociedades participantes en la fusión de obtener el texto íntegro de los acuerdos adoptados y de los balances de fusión, todo ello según lo previsto en el artículo 10 de la LME.

Zaragoza, 19 de junio de 2024.- Administradora Unica, Olga Artigas Montero.

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