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En cumplimiento con lo establecido en el artículo 10 del Libro Primero del Real Decreto-Ley 5/2023, sobre Modificaciones Estructurales de las Sociedades Mercantiles, se hace constar que la mercantil CIL INVERSIONES, S.L. y el Órgano de Administración de CLUB INTERNACIONAL DEL LIBRO, MARKETING DIRECTO, S.L., sociedad titular directamente del 100% de las acciones de la sociedad absorbida, han decidido aprobar la fusión de las referidas Sociedades mediante la absorción de "CIL INVERSIONES, S.L." sociedad íntegramente participada de forma directa por "CLUB INTERNACIONAL DEL LIBRO, MARKETING DIRECTO S.L.", por ésta última, en los términos del Proyecto común de fusión elaborado por los Administradores de las referidas Sociedades con fecha 21 de junio de 2024, que ha estado publicado junto a los documentos obligatorios según el RDL 5/2023 de 28 de junio (arts. 46 y 63) en la página web corporativa www.cilmd.com desde el 18 de julio de 2024 respecto a la sociedad absorbente y desde el 19 de septiembre de 2024, respecto a la sociedad absorbida.
El acuerdo de fusión se ha adoptado con base en el Proyecto de fusión por absorción formulado por los administradores de las sociedades con fecha 21 de junio de 2024, que consta publicado en la página web corporativa junto con todos los documentos exigidos en el citado RDL.
La referida fusión se lleva a cabo con extinción sin liquidación de la Sociedad absorbida y la transmisión en bloque de todo su patrimonio a la Sociedad absorbente que adquiere, por sucesión universal, todos los derechos y obligaciones de aquéllas. Asimismo, se ha adoptado la decisión de aprobar el acogimiento de la operación de fusión al régimen de neutralidad fiscal.
Se hace constar que se utilizaron como balances de fusión los cerrados a 31 de diciembre de 2023 y que las operaciones de la Sociedad absorbida se considerarán realizadas por cuenta de la Sociedad absorbente, a efectos contables, a partir del 1 de enero de 2024.
Asimismo, de conformidad con lo previsto en los artículos 10 y 13 del citado RDL, se hace constar el derecho que asiste a los accionistas y acreedores de las sociedades fusionadas, de obtener el texto íntegro de los acuerdos adoptados. En el mismo sentido, se hace constar el derecho que asiste a los acreedores de las sociedades fusionadas a oponerse a la misma en los términos previstos en el artículo 13 del aludido Real Decreto-Ley. Igualmente se hace constar a los señores socios el derecho que les asiste a solicitar la celebración de la oportuna Junta General de Socios de la sociedad absorbente si así lo solicitan el 1% de los mismos durante el plazo de 15 días siguientes, contado desde la fecha del último de los anuncios que se publiquen.
Madrid, 20 de septiembre de 2024.- Club Internacional del Libro,Marketing Directo, S.L. Administrador Unico Sociedad Anónima de Promoción y Ediciones Representante permanente SILVIA REIRIS RICO, Cil Inversiones, S.L. Administrador Unico Sociedad Anónima de Promoción y Ediciones Representante permanente Ignario Reiris Rico.
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