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Por acuerdo del Consejo de Administración adoptado en su reunión celebrada el 10 de octubre de 2024, se convoca a los señores y a las señoras accionistas a la Junta General Extraordinaria de la sociedad Salcai-Utinsa, sociedad anónima, que tendrá lugar el día 14 de noviembre de 2024, a las 13:00 horas, en el domicilio social, sito la calle Viera y Clavijo número 34 de esta ciudad. De no alcanzarse el suficiente quórum de asistencia, se celebrará, en segunda convocatoria, a las 19:30 horas del día siguiente, 15 de noviembre de 2024, en el colegio Heidelberg, sito en Barranco Seco, 15, 35015, Las Palmas de Gran Canaria, Las Palmas. El objeto de la reunión es tratar sobre el siguiente
Orden del día
Primero.- Punto no sujeto a votación: Informe del Presidente de la Sociedad.
Segundo.- Determinación del número de miembros que compondrán el Consejo de Administración.
Tercero.- Reelección o nombramiento de los miembros del Consejo de Administración.
Cuarto.- Autorizar a la Sociedad, si procede, para que adquiera sus propias acciones, en los términos y plazos legalmente establecidos, y las pueda vender a sus trabajadores y trabajadoras de nuevo ingreso, al objeto de dar cumplimiento al artículo 7 de los Estatutos Sociales, debiendo cumplirse con las condiciones contenidas en el artículo 146 de la Ley de Sociedades de Capital.
Quinto.- Acuerdo de creación de la página web corporativa en la forma y condiciones establecidas en los artículos 11 bis y 11 ter de la Ley de Sociedades de Capital, facultando a tal fin al Consejo de Administración en los términos que procedan.
Sexto.- Acuerdos que procedan para solicitar y obtener la calificación de "Sociedad Laboral" de SALCAI-UTINSA, S.A. y su transformación de sociedad anónima en sociedad anónima laboral.
Séptimo.- Examen y, en su caso, aprobación de la modificación estatutaria conforme al texto íntegro propuesto, para la transformación de sociedad anónima a sociedad anónima laboral, su adaptación a la Ley 44/2015, de 14 de octubre, de Sociedades Laborales y Participadas, y para su adecuación a la realidad social de momento actual, procediendo a la aprobación previa de los extremos que han de modificarse y se exponen a continuación: 1- Adaptación de los estatutos al cambio de denominación de sociedad anónima a sociedad anónima laboral, incorporando en el artículo 6 la existencia de las dos clases de acciones resultantes de la transformación, así como el artículo 9 sobre el libro registro de acciones: las de clase laboral y las de clase general, así como la remisión a la ley de Sociedades de Capital y a la Ley de Sociedades Laborales y Participadas, y Registro Administrativo de Sociedades Laborales en lugar de la remisión a la Ley de Sociedades Anónimas en los distintos artículos de los Estatutos. 2- Modificación del artículo 3 para eliminar del objeto social la actividad de explotación de terrenos urbanizables y la construcción y explotación de edificaciones. 3- Modificación del artículo 7 para su adaptación a la Ley de Sociedades Laborales, incorporando el derecho preferente de la Sociedad para adquirir las acciones en caso de transmisión voluntaria inter vivos, y suprimiendo la previsión de que la sociedad solo podrá vender sus acciones a aquellas personas que sean empleados con un año de antigüedad, incorporando la previsión estatutaria de que la Sociedad podrá venderlas a quienes hayan sido contratados con carácter de indefinido y a quienes cuenten con un compromiso de contratación indefinida por haber superado ya un proceso de selección de personal previo. 4- Modificación de los artículos 11 y 15 de los Estatutos para establecer que la junta general de accionistas se podrá celebrar en cualquier municipio de la isla de Gran Canaria donde la Sociedad cuente con unas instalaciones adecuadas para ello, y la posibilidad de realizar comunicaciones electrónicas entre la Sociedad y los socios, así como la creación de su página web corporativa y la posibilidad de publicar en ella las convocatorias de junta general en lugar de tener que hacerlo en uno de los diarios de mayor circulación de la provincia. 5- Modificación del artículo 20 para ampliar hasta tres el número máximo de accionistas que puede representar cada asistente a la junta general.
Octavo.- Delegación de facultades a favor del Presidente y del Vicepresidente del Consejo de Administración para que, actuando indistintamente, cualquiera de ellos eleve a público los acuerdos de la Junta que así lo exijan, con amplias facultades para aclararlos o modificarlos en la forma que fuere precisa para obtener su inscripción y en el Registro Mercantil y, en cuanto proceda, el Registro administrativo de Sociedades Laborales.
Presencia de Notario.- El Consejo de Administración requerirá la presencia de notario para que levante el acta de la reunión. Derecho de Información.- Se comunica que a partir de la presente convocatoria cualquier accionista de Salcai-Utinsa, sociedad anónima o de alguna de las sociedades pertenecientes al grupo del que dicha entidad es sociedad dominante, podrá examinar en el domicilio social el texto íntegro de la modificación propuesta de los estatutos sociales y el informe sobre la misma y pedir la entrega o el envío gratuito de dichos documentos, así como obtener de la Sociedad, de forma gratuita e inmediata, copia de los demás documentos que han de ser sometidos a la aprobación de la Junta y del informe de los auditores de cuentas respecto de dichos documentos. Derecho de asistencia.- De acuerdo con lo establecido en el artículo 19 de los Estatutos sociales, podrán asistir a la Junta únicamente los accionistas que hayan obtenido la correspondiente tarjeta de asistencia en la forma establecida en dicho artículo.
Las Palmas de Gran Canaria, 10 de octubre de 2024.- Presidente del Consejo de Administración, Manuel Suárez Peñate.
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