En cumplimiento de lo previsto en el artículo 10 del Real Decreto-ley 5/2023, de 28 de junio (el "RDL 5/2023"), se hace público que el día 15 de octubre de 2024 los respectivos socios únicos de ARENAS CAPITAL INVESTMENTS, S.L.U. y ARENAS REAL ESTATE INVESTMENTS, S.L.U. han aprobado la fusión por absorción entre ambas sociedades, con extinción, vía disolución sin liquidación de la segunda, y transmisión en bloque de todo su patrimonio a la primera, que adquirirá, por sucesión universal, la totalidad de los derechos, obligaciones y relaciones jurídicas de la sociedad absorbida. El acuerdo de fusión ha sido adoptado conforme al proyecto común de fusión suscrito el 15 de octubre de 2024 por los órganos de administración de ambas sociedades.
Resulta de aplicación a la fusión el régimen simplificado previsto en el artículo 53 del RDL 5/2023 por tratarse de un supuesto de absorción de filial íntegramente participada. Asimismo, la fusión se acoge al artículo 9 del RDL 5/2023 al haberse aprobado por los socios únicos de ambas sociedades. Por esta razón, la fusión se ha aprobado sin necesidad de publicar o depositar previamente los documentos exigidos en el RDL 5/2023, y sin anuncio sobre la posibilidad de formular observaciones, en los términos de dicho artículo 9.
De conformidad con el artículo 10 del RDL 5/2023, se hace constar el derecho que asiste a los socios y acreedores de las sociedades participantes en la fusión de obtener el texto íntegro de los acuerdos adoptados y de los balances de fusión, que se encuentran a su disposición en el domicilio social correspondiente.
En Madrid, 15 de octubre de 2024.- D. Luis Javier Venero López, como administrador mancomunado de Arenas Capital Investments, S.L.U. y doña Patricia Loyo Díaz como administradora mancomunada de Arenas Capital Investments, S.L.U. y administradora única de Arenas Real Estate Investments, S.L.U.
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