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De conformidad con lo dispuesto en el artículo 10 del Real Decreto-Ley 5/2023, de 28 de junio, sobre modificaciones estructurales de las sociedades mercantiles ("RDL 5/2023"), se hace público que con fecha 30 de septiembre de 2024, se celebró la Junta General Extraordinaria y Universal de Socios de Tappcelerator Media, S.L., y se aprobó por unanimidad la fusión por absorción entre Tappcelerator Media, S.L., como Sociedad Absorbente, y Playoncontent S.L., como Sociedad Absorbida, con disolución sin liquidación de la Sociedad Absorbida y traspaso en bloque y por sucesión universal de todo su patrimonio a la Sociedad Absorbente,
La fusión se realiza de conformidad con lo previsto en el artículo 53 del RDL 5/2023, al tratarse de una fusión por absorción en la que la Sociedad Absorbente es titular de forma directa de todas las participaciones sociales en que se divide el capital de la Sociedad Absorbida, considerándose como un supuesto de fusión por absorción de sociedades íntegramente participadas, pudiendo acogerse, por tanto, al procedimiento simplificado de las fusiones especiales. Asimismo, de conformidad con lo previsto en el artículo 9 del RDL 5/2023, la Fusión se realiza conforme al procedimiento unánime, por lo que no ha sido necesaria la publicación y depósito previo de los documentos exigidos por la ley, y tampoco ha sido necesario el informe de los administradores sobre el proyecto de fusión, salvo por lo referido al informe destinado a los trabajadores.
De conformidad con lo establecido en el artículo 10 RDL 5/2023, se hace constar el derecho que asiste a los socios y a los acreedores de cada una de las Sociedades a Fusionar de obtener el texto íntegro de los acuerdos de fusión adoptados, así como los respectivos balances de fusión y Proyecto Común de Fusión, documentos que están a disposición de los interesados en el domicilio social de la sociedad, donde podrán consultarlos o solicitar su entrega o envío gratuitos.
Se hace constar igualmente el derecho que asiste a los acreedores de las Sociedades a Fusionar a ejercitar las acciones previstas en el artículo 13.1, apartados 1º, 2º y 3º del RDL 5/2023 en el plazo de un mes a contar a partir de la publicación del último anuncio de fusión.
Asimismo, se pone en conocimiento de los trabajadores y sus representantes, conforme a lo dispuesto en el artículo 46 RDL 5/2023, para el ejercicio de los derechos que legalmente les corresponden.
Barcelona, 15 de octubre de 2024.- El representante persona física de Huno Ventures, S.L., Presidente del Consejo de Administración de la Sociedad Absorbente (Tappcelerator Media, S.L.), y representante persona física de Tappcelerator Media, S.L., Administrador Único de la Sociedad Absorbida (Playoncontent S.L.), Daniel Reina Ortega, .
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