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En cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 10 del Real Decreto-Ley 5/2023, se hace público que el Socio Único de la sociedad ALOJATIS, S.L.U. así como el Socio Único de la sociedad URBANOLTIS, S.L.U., a 14 de octubre de 2024, han acordado la fusión de ambas sociedades, mediante la absorción de URBANOLTIS, S.L.U. por ALOJATIS, S.L.U., con disolución y sin liquidación de la Sociedad Absorbida y adquisición por sucesión universal de su patrimonio por la Sociedad Absorbente.
La fusión ha sido adoptada conforme al Proyecto común de Fusión redactado por los órganos de administración las sociedades intervinientes en la fusión con 1 de octubre de 2024, tramitándose de manera simplificada en cuanto al cumplimiento de ciertos requisitos, de conformidad con lo dispuesto por los artículos 9 y 53.1 del RDL 5/2023.
Por otro lado, conforme a lo dispuesto en el artículo 10 RDL 5/2023, se hace constar expresamente el derecho que asiste a los socios y a todos los acreedores de cualquiera de las sociedades participantes a obtener el texto íntegro de los acuerdos adoptados y de los balances de fusión. Asimismo, se ha puesto a disposición de los trabajadores la información pertinente según ley.
Barcelona, 14 de octubre de 2024.- D. Jordi Peña Sastre Representante persona física de Namim XXI, S.L. Administrador Único de Alojatis, S.L.U., D. Jordi Peña Sastre Representante persona física de Namim XXI, S.L. Administrador Único de Urbanoltis, S.L.U.
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