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Documento BORME-C-2024-5658

SEGARRA DE GAIÀ, S.L.U.

(SOCIEDAD ABSORBENTE)

TRUGABA, S.L.U.

CONSTRUCCIONS TRULL, S.L.U.

(SOCIEDADES ABSORBIDAS)

Publicado en:
«BORME» núm. 205, páginas 6982 a 6982 (1 pág.)
Sección:
SECCIÓN SEGUNDA - Anuncios y avisos legales
Apartado:
FUSIONES Y ABSORCIONES DE EMPRESAS
Referencia:
BORME-C-2024-5658

TEXTO

En cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 10 del Real Decreto-Ley 5/2023, de 28 de junio, se hace público que, con fecha 18 de Octubre de 2024, el socio único de SEGARRA DE GAIÀ, S.L.U, [sociedad absorbente) ha adoptado la decisión de aprobar la fusión por absorción de las sociedades SEGARRA DE GAIÀ, S.L.U. [sociedad absorbente), TRUGABA, S.L.U. [sociedad absorbida) y CONSTRUCCIONS TRULL, S.L.U. (sociedad absorbida), con la entera transmisión del bloque del patrimonio social de las sociedades absorbidas, con su consiguiente extinción mediante la disolución sin liquidación y la sucesión universal de sus derechos y obligaciones por la sociedad absorbente. Todo ello de acuerdo con el Proyecto Común de Fusión por Absorción suscrito por el administrador único de las sociedades intervinientes.

La fusión se realiza de conformidad con lo previsto en el artículo 53 y 56 del Real Decreto- Ley 5/2023, al tratarse simultáneamente de una fusión por absorción de sociedad íntegramente participada, en la que SEGARRA DE GAIÀ, S.L.U. (sociedad absorbente) es titular de forma directa de las participaciones sociales de TRUGABA, S.L.U, (sociedad absorbida), y una fusión gemelar en la que el socio único de SEGARRA DE GAIÀ, S.L.U. (sociedad absorbente) es también socio único de CONSTRUCCIONS TRULL, S.L.U, (sociedad absorbida), supuesto asimilado de fusión por absorción de sociedades íntegramente participadas, pudiendo acogerse, por tanto, al procedimiento simplificado de las fusiones especiales. De conformidad con lo previsto en el artículo 9 del Real Decreto- Ley 5/ 2023, no sería necesaria la publicación y depósito previo de los documentos exigidos por la ley, si bien se ha procedido al depósito del Proyecto ante Registro Mercantil correspondiente.

Se hace constar expresamente el derecho de los socios y acreedores de las sociedades a solicitar y obtener gratuitamente el texto íntegro del acuerdo de fusión y los balances de fusión en los términos del artículo 10 del Real Decreto-Ley 5/2023, documentos que están a disposición de los interesados en el domicilio social de las sociedades, donde podrán consultarlos o solicitar su entrega o envío gratuitos.

Lo aquí expuesto se pone de igual modo en conocimiento de los trabajadores y sus representantes, conforme a lo dispuesto en el artículo 46 del Real Decreto-Ley 5/2023, para el ejercicio de los derechos que legalmente les corresponden. Se hace constar el derecho de protección a los socios y de oposición que asiste a los acreedores de las sociedades, durante el plazo de un mes, a contar desde la fecha de la publicación del último anuncio de fusión, en los términos previstos en los artículos 13 y 74 del Real Decreto-Ley 5/2023.

En Santa Coloma de Queralt, 18 de octubre de 2024.- El Administrador único de Segarra de Gaiá, S.L.U, D. Javier Trull Rodríguez.

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