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De conformidad con lo establecido en el artículo 319 de la Ley de Sociedades de Capital (en adelante "LSC") así como lo dispuesto en el artículo 170 del Reglamento del Registro Mercantil, se hace público que la Junta General Extraordinaria y Universal de la sociedad Siderúrgica Requena, S.A (en adelante la "Sociedad"), celebrada con fecha 8 de julio de 2024, acordó por unanimidad reducir el capital social de la Sociedad en la cuantía de cincuenta y cinco mil ochocientos noventa y cuatro euros con doce (55.894,12€), mediante la devolución de aportaciones al socio Domyba Inversiones, S.L. y la amortización de 18.600 acciones, números 221.401 a 240.000 (ambas inclusive), todas ellas con un valor nominal de 3,005060 euros cada una.
Se procederá por tanto a la restitución del valor de parte de sus aportaciones al reseñado socio Domyba Inversiones, S.L. en la cantidad de cincuenta y cinco mil ochocientos noventa y cuatro euros con doce (55.894,12€), correspondientes al capital social y quinientos sesenta y tres mil ochocientos cincuenta y siete euros con ochenta y ocho céntimos (563.857,88€) con cargo a las reservas correspondientes a dichas acciones que se anulan.
Se hace constar - a los efectos de dar cumplimiento a lo dispuesto en el artículo 329 y 293 de la LSC-, que el otro socio de la Sociedad- esto es, Civisol, S.L.- presta su consentimiento para llevar a cabo la citada reducción de capital social y, en consecuencia, vota unánimemente a favor de los acuerdos correspondientes.
Con motivo de la reducción de capital, el nuevo capital social queda fijado en seiscientos sesenta y cinco mil trescientos veinte euros con cuarenta y un céntimos (665.320,41€), representado por doscientas veintiuna mil cuatrocientas (221.400) acciones nominativas, de una sola serie y clase, de 3,005060 euros de valor nominal cada una, numeradas correlativamente del número 1 al 221.400, ambas inclusive. En consecuencia, quedará modificado el Artículo 6º de los Estatutos Sociales relativos a la nueva cifra de capital social de la Sociedad.
De conformidad con lo establecido en el artículo 336 de la LSC, los acreedores de la sociedad podrán oponerse a la reducción de capital en el plazo de un mes, a contar desde la fecha de publicación del último anuncio, en los términos establecidos en el artículo 334 de la LSC.
Madrid, 21 de octubre de 2024.- La Secretaria del Consejo de Administración de Siderúrgica Requena, S.A., Dña. Amaya Gómez Bruño.
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