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En cumplimiento de lo establecido en el artículo 348 del Real Decreto Legislativo 1/2010, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de Sociedades de Capital, se hace público que la Junta General Ordinaria de esta sociedad celebrada el 10 de octubre de 2024, acordó la modificación de los Estatutos Sociales de la Sociedad mediante la modificación del artículo 6, en virtud del cual se ha suprimido como causa de separación de los accionistas la falta de distribución de los dividendos fijados en el artículo 348 bis de la Ley de Sociedades de Capital, quedando, en consecuencia, redactado el citado artículo en los siguiente términos:
"Artículo 6º. - REGIMEN DE LAS PARTICIPACIONES.
A.- CARACTERÍSTICAS. - Además de acumulables e indivisibles, en esta Sociedad, todas las participaciones son IGUALES. No tendrán el carácter de valores, no podrán estar representadas por títulos o anotaciones en cuenta, ni denominarse en acciones.
B.- DERECHOS. - Cada participación confiere a su titular legítimo la cualidad de socio y al ser iguales las participaciones, confieren los mismos derechos siguientes:
1. El de asistir y votar en las Juntas de Socios, correspondiendo un voto por cada participación.
2. El de adquisición preferente de las participaciones que se transmitan y el de suscripción preferente en las ampliaciones de capital, en los términos establecidos en los Estatutos y en la Ley.
3. El de participar en los beneficios y resultado de la liquidación de la Sociedad, en proporción a sus participaciones.
4. No constituirá causa de separación de los accionistas la falta de distribución de los dividendos fijados en el artículo 348 bis de la Ley de Sociedades de Capital.
C.- La sociedad llevará un libro registro de socios, en los términos prescritos legalmente, en el que se hará constar la titularidad originaria y las sucesivas transmisiones de participaciones sociales y la constitución del gravámenes o derechos reales sobre las misma. Cualquier socio podrá consultar y obtener certificación de este Libro, cuya llevanza y custodia corresponde al Órgano de Administración.
Lo que se comunica a efectos de lo dispuesto en los artículos 346 y 348 de la Ley de Sociedades de Capital, como dicho acuerdo conlleva el derecho de los socios que no votaron a favor de los acuerdos reseñados, a separarse de la sociedad (ex. art. 348 bis 2. del TRLSC), se comunica que el ejercicio del derecho de separación deberá ser ejercitado en el plazo de un mes a contar desde la fecha de publicación de este anuncio en el Boletín Oficial del Registro Mercantil, mediante comunicación escrita al domicilio social, sito en calle Infanta Elena, 16 Polígono Industrial de CHO II, Parque La Reina, Arona, 38632, Santa Cruz de Tenerife, España.
Arona, 11 de octubre de 2024.- El Administrador único, Lorenzo Reverón Gonzalez.
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