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Documento BORME-C-2024-5709

AYESA IBERMÁTICA, S.A.U.

(SOCIEDAD ESCINDIDA)

ATECH BUSINESS OPERATION, S.L.

(SOCIEDAD BENEFICIARIA)

Publicado en:
«BORME» núm. 207, páginas 7049 a 7049 (1 pág.)
Sección:
SECCIÓN SEGUNDA - Anuncios y avisos legales
Apartado:
ESCISIÓN DE EMPRESAS
Referencia:
BORME-C-2024-5709

TEXTO

De conformidad con lo dispuesto en el artículo 10 del Real Decreto-ley 5/2023,de 28 de junio, de transposición de Directivas de la Unión Europea en materia de modificaciones estructurales de sociedades mercantiles ("RDLME"), se hace público que el día 24 de octubre de 2024, el accionista único de la sociedad Ayesa Ibermática, S.A.U. ("Sociedad Escindida") ha decidido la escisión parcial de la Sociedad Escindida mediante el traspaso en bloque y por sucesión universal de parte del patrimonio social de la Sociedad Escindida que constituye una unidad de negocio que integra el negocio de prestación, a empresas e instituciones, de servicios de asesoramiento y externalización de tareas administrativas de obtención, gestión y tratamiento de datos, mediante procesos mecánicos y tecnologías de la información y la comunicación, unidad de negocio autónoma y diferenciada dentro de la Sociedad Escindida, que cuenta con equipos y personal especializado a favor de la sociedad de nueva creación cuya denominación prevista es "Atech Business Operation, S.L." ("la Sociedad Beneficiaria") todo ello en los términos previstos en el proyecto de escisión parcial formulado por los administradores de la Sociedad Escindida el 7 de octubre de 2024.

La Sociedad Beneficiaria se constituirá simultáneamente y como consecuencia de la escisión parcial, sin que esto suponga la extinción de la Sociedad Escindida, adquiriendo la Sociedad Beneficiaria por sucesión universal la totalidad de los derechos y obligaciones integrantes de la parte del patrimonio escindido que se le atribuye.

Se hace constar el derecho que asiste a los socios, trabajadores y a los acreedores de la Sociedad Escindida de obtener el texto íntegro de los acuerdos de escisión adoptados y el balance de escisión.

Se hace constar igualmente el derecho que asiste a los acreedores de la Sociedad Escindida de oponerse a la escisión en el plazo y los términos previstos en el artículo 13 del RDLME.

San Sebastián, 24 de octubre de 2024.- D. Joseba Koldobika Inchaurraga Echebarria y D. Nicolás Raúl Costábile, Administradores mancomunados de la Sociedad Escindida.

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