Content not available in English
La Junta General de Accionistas de Servatur, S.A., celebrada en primera convocatoria el 26 de julio de 2024, aprobó, dentro de los puntos del orden del día los siguientes puntos:
Punto 5.- Amortizar la totalidad de las acciones propias existentes que la sociedad tiene en cartera, es decir, de la 279.308 a la 335.700, en total 56.392 acciones.
Punto 6.- Modificar los estatutos sociales, desglosando el capital social y las acciones que lo conforman. Se acuerda por unanimidad de los asistentes, reducir el capital social de la Sociedad en un importe de 17.199,56 euros.
Como consecuencia de la amortización se acuerda por unanimidad modificar, el artículo sexto de los estatutos sociales que quedará redactado de la siguiente manera:
Artículo 6º Capital Social
El capital social, íntegramente suscrito y desembolsado, se fija en la cantidad de 85.188,94€ (OCHENTA Y CINCO MIL CIENTO OCHENTA Y OCHO EUROS CON NOVENTA Y CUATRO CÉNTIMOS), dividido en 279.308 acciones de 0,305 euros de valor nominal cada una, numeradas correlativamente de la 1 a la 279.308, ambas inclusive.
Lo que a su vez llevaría aparejada una reducción de reservas libres de la sociedad por importe de 7.323.017,44€.
La finalidad de la Reducción de capital es la amortización de las acciones propias, coadyuvando a la retribución del accionista de la Sociedad mediante en incremento del beneficio por acción.
La Reducción de Capital no ha entrañado la devolución de aportaciones, por ser la propia Sociedad la titular de las acciones amortizadas. A los efectos de lo previsto en el artículo 335 c) de la Ley de Sociedades de Capital, se ha dotado con cargo a reservas libres (en concreto, con cargo a la cuenta de reservas voluntarias) una "reserva de capital amortizado" por importe igual al valor nominal de las acciones amortizadas (esto es, 17.199,56 euros, de la que sólo será posible disponer con los mismos requisitos que los exigidos para la reducción del capital social.
En consecuencia, conforme a lo señalado en dicho precepto, los acreedores de la Sociedad no tendrán el derecho de oposición al que se refiere el artículo 334 de la Ley de Sociedades de Capital en relación a la reducción de capital.
Mogan, 22 de octubre de 2024.- Secretario del consejo de Administración, Miguel Ángel Barber Guerra.
State Agency Official State Gazette
Avda. de Manoteras, 54 - 28050 Madrid