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Documento BORME-C-2024-5753

SINGULAR PEOPLE, S.A.

Publicado en:
«BORME» núm. 208, páginas 7099 a 7100 (2 págs.)
Sección:
SECCIÓN SEGUNDA - Anuncios y avisos legales
Apartado:
OTROS ANUNCIOS Y AVISOS LEGALES
Referencia:
BORME-C-2024-5753

TEXTO

Se informa a los accionistas que la Junta General Ordinaria de SINGULAR PEOPLE, S.A., celebrada el día 8 de mayo de 2024 en primera convocatoria, acordó la modificación, entre otros, del artículo dos (objeto social) de los estatutos sociales, lo que se comunica a efectos de lo dispuesto en los artículos 346 y 348 de la Ley de Sociedades de Capital, haciendo constar que los accionistas que no votaron a favor del correspondiente acuerdo de ampliación y modificación del objeto social tienen el derecho a separarse de la sociedad en los términos establecidos en la Ley. El referido artículo dos de los estatutos sociales queda, en lo sucesivo, redactado de la siguiente forma:

"Artículo 2º.- Objeto Social

La Sociedad dedicará su capital y actividades a:

a) Prestación de servicios de consultoría estratégica y tecnológica.

b) Intervenir, promocionar, administrar, gestionar y/o asesorar a empresas.

c) Tenencia, compraventa, administración, gestión y explotación de participaciones, acciones, títulos y valores de sociedades mercantiles por cuenta propia, salvo que precisen autorización especial.

d) La prestación de servicios en el área de telecomunicaciones, la informática y la comunicación; en particular, podrá desarrollar actividades relacionadas con Internet y cualesquiera otras redes, incluyendo actividades de acceso, actividades de producción, distribución y/o exhibición de contenidos propios o ajenos, actividades de portal, actividades de comercio electrónico y cualesquiera otras que, en esta área, puedan surgir en el futuro, todo ello para atender a las necesidades del mercado. Lo cual incluye expresamente las actividades con consultoría, formación, desarrollo, implantación, comercialización de todo tipo de servicios, productos y soluciones informáticas, técnicas, de ingeniería, de negocio, economía, gestión del conocimiento, documentales y cualquier otro aspecto de la actividad empresarial de sus clientes en la que la sociedad pueda añadir valor.

e) La participación en sociedades de cualquier índole mediante la adquisición, suscripción, tenencia, administración, disfrute o enajenación de acciones, acciones, otros títulos representativos del capital de sociedades o derechos sociales, así como la dirección, gestión, control y administración de su cartera de sociedades participadas.

f) La prestación de servicios de asistencia y de apoyo a la gestión a sociedades participadas o comprendidas en el ámbito de su grupo de sociedades, pudiendo conceder u otorgar, a favor de éstas, los préstamos, garantías y afianzamientos que resulten oportunos.

En el desempeño de las actividades que integran el objeto social la Sociedad velará por la generación de un impacto social positivo para la sociedad, las personas vinculadas a ésta y el medio ambiente.

Quedan excluidas todas aquellas actividades para cuyo ejercicio la ley exija requisitos especiales que no queden cumplidos por esta sociedad. Si la ley exigiera el cumplimiento de requisitos específicos, es decir, licencias, autorizaciones, inscripciones, para el ejercicio de alguna de las actividades incluidas en el objeto social, no podrán iniciarse éstas en tanto no se cumplan tales requisitos. Tales actividades podrán ser realizadas por la Sociedad, total o parcialmente, de modo indirecto, mediante titularidad de acciones o participaciones en sociedades con objeto análogo o idéntico.

Si alguna de las actividades comprendidas en el objeto social se considerara actividad propia de las sociedades profesionales, la sociedad la ejercerá como mediadora o intermediadora".

El derecho de separación deberá ser ejercitado mediante comunicación escrita al domicilio social de la sociedad en el plazo de un mes a contar desde la fecha de publicación de este anuncio en el "Boletín Oficial del Registro Mercantil".

Madrid, 23 de octubre de 2024.- Presidente del Consejo de Administración, D. José Luis Vallejo Pizarro.

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