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Documento BORME-C-2024-5777

TEJO SOLAR, S.L.U.

(SOCIEDAD ABSORBENTE)

CATALPA SOLAR, S.L.U.

(SOCIEDAD ABSORBIDA)

Publicado en:
«BORME» núm. 209, páginas 7128 a 7128 (1 pág.)
Sección:
SECCIÓN SEGUNDA - Anuncios y avisos legales
Apartado:
FUSIONES Y ABSORCIONES DE EMPRESAS
Referencia:
BORME-C-2024-5777

TEXTO

Conforme a lo dispuesto en el artículo 10 del Real Decreto-Ley 5/2023, de 28 de junio, sobre modificaciones estructurales de las sociedades mercantiles ("Real Decreto-Ley 5/2023"), se hace público que, el 14 de octubre de 2024, el Socio Único de Tejo Solar, S.L.U. (la "Sociedad Absorbente"), y de Catalpa Solar, S.L.U. (la "Sociedad Absorbida" y conjuntamente las "Sociedades Fusionadas"), ejerciendo las competencias propias de la Junta General de conformidad con lo dispuesto en el artículo 15.1 de la Ley de Sociedades de Capital, decidió aprobar la fusión por absorción asimilada a la sociedad íntegramente participada en virtud de la cual la Sociedad Absorbente absorbe a la Sociedad Absorbida.

La fusión se realiza conforme al procedimiento unánime y al procedimiento simplificado regulados en los artículos 9, 53 y 56 del Real Decreto-Ley 5/2023, de conformidad con el proyecto común de fusión suscrito por los órganos de administración de las Sociedades Fusionadas el 7 de octubre de 2024.

Conforme al artículo 9 del Real Decreto-Ley 5/2023 el acuerdo se adoptó sin necesidad de publicar o depositar previamente los documentos exigidos por la ley y sin informe de los administradores sobre el proyecto de fusión.

Conforme al artículo 53 del Real Decreto-Ley 5/2023 el acuerdo se adoptó sin necesidad de aprobación por la junta general de la Sociedad Absorbida.

La fusión implica la transmisión en bloque del patrimonio de la Sociedad Absorbida a la Sociedad Absorbente y la disolución sin liquidación de la Sociedad Absorbida.

De conformidad con lo establecido en el artículo 10 del Real Decreto-Ley 5/2023, se hace constar el derecho que asiste a los acreedores de cada una de las Sociedades Fusionadas de obtener el texto íntegro de los acuerdos de fusión adoptados, así como los respectivos balances de fusión cerrados a 30 de septiembre de 2024.

Se hace constar igualmente el derecho que asiste a los acreedores de las Sociedades Fusionadas a ejercitar las acciones previstas en el artículo 13.1, apartados 1º, 2º y 3º del Real Decreto-Ley 5/2023 en el plazo de un mes a contar a partir de la publicación del último anuncio de fusión.

Madrid, 23 de octubre de 2024.- Administrador solidario de Tejo Solar, S.L.U, Enrique Barbudo Sepúlveda.

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