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Documento BORME-C-2024-5807

PROA RENT A CAR, S.L.

(SOCIEDAD ABSORBENTE)



PROA SUN BALEARES S.L.U.

(SOCIEDAD ABSORBIDA)

Publicado en:
«BORME» núm. 210, páginas 7163 a 7163 (1 pág.)
Sección:
SECCIÓN SEGUNDA - Anuncios y avisos legales
Apartado:
FUSIONES Y ABSORCIONES DE EMPRESAS
Referencia:
BORME-C-2024-5807

TEXTO

De conformidad con lo dispuesto en el artículo 10 del Real Decreto-ley 5/2023, de 28 de junio (en adelante, RDL 5/2023), se hace público que, el día 21 de octubre de 2024, el Socio único de la entidad PROA SUN BALEARES,S.L.U. (Sociedad absorbida) en ejercicio de sus competencias en Junta General Extraordinaria y Universal, y la Junta General Extraordinaria de Socios de PROA RENT A CAR, S.L. (Sociedad absorbente), celebrada con carácter Universal, por unanimidad de todos sus socios, han acordado la fusión de las mencionadas sociedades mediante la absorción por parte de PROA RENT A CAR, S.L. (Sociedad absorbente) de la entidad PROA SUN BALEARES,S.L.U. (Sociedad absorbida) con la transmisión a título universal de su patrimonio íntegro a la Sociedad absorbente, y disolución sin liquidación de la Sociedad absorbida, todo ello de conformidad con el Proyecto de Fusión, redactado por los órganos de Administración de las sociedades participantes, en fecha de 18 de septiembre de 2024.

La fusión se realiza de conformidad con el artículo 53 RDL 5/2023 al tratarse de una fusión por absorción de sociedad íntegramente participada. En consecuencia, no resulta necesaria para esta fusión (i) la inclusión en el Proyecto de fusión de las menciones 2, 3, 5, 6, 7 y 8 del artículo 40 de la Ley; (ii) el informe de expertos sobre el Proyecto de Fusión; (iii) el informe del órgano de administración (iv) el aumento de capital de la Sociedad Absorbente, ni (v) la aprobación de la fusión por la Junta General de la Sociedad Absorbida.

En virtud del artículo 9 del RDL 5/2023, al haberse adoptado el acuerdo de fusión en Junta Universal y por unanimidad de todos los socios de las sociedades participantes, no es necesario publicar o depositar previamente el Proyecto de Fusión, ni el informe de los Administradores ni de expertos independientes sobre el mismo.

Asimismo, de conformidad con lo establecido en el RDL 5/2023, se hace público el derecho de los socios, acreedores y representantes de los trabajadores de las sociedades participantes en la fusión de obtener el texto íntegro de los acuerdos adoptados, así como del Proyecto y los Balances de Fusión. Se informa igualmente a los acreedores cuyos créditos hayan nacido con anterioridad a la fecha de publicación de este anuncio, que disponen del plazo de un mes, a contar desde la publicación del último anuncio de fusión, para ejercer su derecho a oponerse a la fusión en los términos previstos en el RDL 5/2023.

Manacor, 22 de octubre de 2024.- Administrador único de Proa Rent a Car,S.L. y Proa Sun Baleares,S.L.U, Miguel Pastor Ferrer.

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