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Documento BORME-C-2024-5812

CASA Y LENCERIA MODAS, S.A.

Publicado en:
«BORME» núm. 210, páginas 7169 a 7169 (1 pág.)
Sección:
SECCIÓN SEGUNDA - Anuncios y avisos legales
Apartado:
TRANSFORMACIÓN DE EMPRESAS
Referencia:
BORME-C-2024-5812

TEXTO

En cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 10 del Real Decreto Ley 5/2023, de 28 de junio, de transposición de Directivas de la Unión Europea en materia de modificaciones estructurales de sociedades mercantiles, se hace público que, en la Junta General Extraordinaria y Universal de accionistas de CASA Y LENCERIA MODAS, S.A. de 25 de octubre de 2024, se aprobó por unanimidad de todos los socios transformar la sociedad en una sociedad de responsabilidad limitada, de manera que, una vez devenga eficaz la transformación pasará a denominarse CASA Y LENCERIA MODAS, S.L.; asimismo se aprobó por unanimidad: anular e inutilizar las acciones, dejando constancia que no existen accionistas sin derecho a voto ni obligacionistas, ni titulares de derechos especiales distintos de las acciones; la sustitución de las acciones por participaciones sociales, siendo el valor nominal de las participaciones igual al de las antiguas acciones, los nuevos estatutos sociales, trasladar el domicilio social al de Carretera de Galapagar número 27 de Torrelodones, (28250), el Balance General de transformación (cerrado el 24 de octubre de 2024), la modificación del órgano de administración por dos administradores solidarios y el nombramiento y aceptación del cargo por parte de los mismos.

De conformidad con el artículo 9 del Real Decreto Ley 5/2023, de 28 de junio, el acuerdo de transformación se ha adoptado por decisión unánime tomada por todos los socios con derecho a voto de la sociedad en junta universal, sin restricción a los derechos de información de los trabajadores sobre la modificación estructural realizada.

Asimismo, conforme a lo dispuesto en el artículo 10.1 del Real Decreto Ley 5/2023, de 28 de junio, se hace constar expresamente el derecho que asiste tanto a los socios como a los acreedores de la sociedad de obtener el texto íntegro del acuerdo adoptado y del balance presentado. Se manifiesta que el acuerdo de transformación se ha aprobado sin que proceda ejercitar los derechos de enajenación o de separación del accionista regulados en el art. 24 del citado Real Decreto.

Madrid, 25 de octubre de 2024.- Administrador Solidario, Pilar Barreiro Morán.

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