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Documento BORME-C-2024-5825

ALTEN SOLUCIONES PRODUCTOS AUDITORÍA E INGENIERÍA, S.A.U.

(SOCIEDAD ABSORBENTE)

OPTIMISSA SERVICIOS PROFESIONALES, S.L.U.

(SOCIEDAD ABSORBIDA)

Publicado en:
«BORME» núm. 211, páginas 7182 a 7183 (2 págs.)
Sección:
SECCIÓN SEGUNDA - Anuncios y avisos legales
Apartado:
FUSIONES Y ABSORCIONES DE EMPRESAS
Referencia:
BORME-C-2024-5825

TEXTO

De conformidad con lo dispuesto en el artículo 10 del Real Decreto-ley 5/ 2023,de 28 de junio, que transpone Directivas de la Unión Europea en materia de Modificaciones Estructurales de Sociedades Mercantiles (en adelante, la nueva LME), se hace público que, con fecha de 30 de octubre de 2024, el socio único de la entidades mercantiles de "ALTEN SOLUCIONES PRODUCTOS AUDITORÍA E INGENIERÍA, S.A.U.", ("ALTEN" -sociedad absorbente-) y de "OPTIMISSA SERVICIOS PROFESIONALES, S.L.U" ("OPTIMISSA" -sociedad absorbida-) ha acordado la fusión por absorción de esta última por parte de "ALTEN". Dicho acuerdo se adopta ajustándose al proyecto de fusión suscrito el 28 de junio de 2024 firmado por los órganos de administración de ambas entidades.

Dicha fusión comportará la transmisión en bloque del patrimonio social de la sociedad absorbida a la sociedad absorbente, la cual adquirirá por sucesión universal los derechos y obligaciones de la sociedad absorbida, según los términos establecidos en el proyecto de fusión referido.

Se hace constar que la sociedad absorbente y la sociedad absorbida están participadas al 100% de su capital social de forma directa por el mismo socio único, la entidad mercantil de nacionalidad francesa "ALTEN EUROPE, S.A.R.L.", por lo que resulta aplicable a esta fusión el régimen simplificado del artículo 53 de la nueva LME por remisión del artículo 56 del mismo cuerpo normativo. No se ha requerido, por tanto, ni informe de administradores ni informe de expertos, ni se ha producido aumento de capital en la sociedad absorbente.

Asimismo, de conformidad con el artículo 9 y 53 de la nueva LME, al haberse adoptado el acuerdo de fusión por la junta general universal (socio único), y por tanto de forma unánime en ejercicio de las facultades de la junta universal, no es preceptivo el depósito previo del proyecto común de fusión en el Registro Mercantil, ni la publicidad preparatoria contemplada en el artículo 7 de la nueva LME. No obstante lo anterior, de manera voluntaria, con fecha de 30 de octubre de 2024, los administradores de las sociedades participantes en esta fusión han acordado insertar en la misma fecha en la que el socio único, en el ejercicio de sus competencias, aprobó dicha fusión, el proyecto de fusión y los documentos preceptivos conforme al artículo 46 de la nueva LME en las página web de la sociedad absorbente (www.alten.es) y en aquella de la sociedad absorbida (www.optimissa.com), por lo que, todos los interesados pueden visualizar, descargar y disponer de los documentos preceptivos de la fusión y al referido proyecto común de fusión.

En cualquier caso, se pone a disposición de los socios, los obligacionistas, los titulares de derechos especiales y los representantes de los trabajadores, que así lo soliciten por cualquier medio admitido en Derecho, copia íntegra de los documentos preceptivos de la fusión, pudiendo consultar los mismos en el domicilio social de las compañías, así como a la entrega o al envío gratuitos, por medios electrónicos, de un ejemplar de cada uno de ellos.

La publicación, notificación y puesta a disposición de los documentos relativos a la fusión se ha realizado con fecha de 30 de octubre de 2024, y se mantendrá en las webs mencionadas hasta el otorgamiento de la escritura pública preceptiva, así como se mantendrá a disposición de los interesados en el domicilio social de ambas sociedades durante dicho periodo.

Conforme a lo establecido en el artículo 10 de la citada LME, se hace constar expresamente el derecho que asiste a los socios y acreedores de las respectivas sociedades a obtener el texto íntegro de las decisiones adoptadas y el balance de fusión. Los acreedores de cada una de las sociedades podrán oponerse a la fusión en el plazo de un mes, a contar desde la publicación del último anuncio de fusión de acuerdo con el artículo 13 de la Ley.

En Madrid, 30 de octubre de 2024.- El secretario consejero del Consejo de la sociedad "Alten Soluciones Productos Auditoría e Ingeniería, S.A.U.". (sociedad absorbente). D. Olivier Granger. El secretario consejero del consejo de la sociedad "Optimissa Servicios Profesionales, S.L.U.", D. Enrique Aparicio Rivas.

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