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De conformidad con lo dispuesto en el artículo 10 del Real Decreto-ley 5/2023,de 28 de junio, que transpone Directivas de la Unión Europea en materia de Modificaciones Estructurales de Sociedades Mercantiles ("RDME"), se hace público que el día 13 de febrero de 2024, el socio único de PROMOTORA DE MONOVAR, S.L.U. (Sociedad Absorbente), y los socios de JUAN CORBI E HIJOS, S.L. (Sociedad Absorbida), en ejercicio de sus competencias, decidieron, por unanimidad, aprobar la fusión inversa por absorción de la Sociedad Absorbida. La fusión implica la transmisión en bloque del patrimonio de la Sociedad Absorbida a la Sociedad Absorbente y la disolución sin liquidación de la Sociedad Absorbida, con extinción de la misma.
La fusión inversa se realiza conforme al procedimiento de acuerdo unánime de fusión regulado en el artículo 9 del RDME. Por tanto, se hace constar que no es preceptivo el depósito previo del proyecto común de fusión en el Registro Mercantil, ni la elaboración del informe de administradores sobre aquel.
A los efectos anteriores se pone de manifiesto que a la presente fusión inversa por absorción le resulta de aplicación el procedimiento simplificado previsto en el artículo 53 por remisión del artículo 56.1 del RDME.
De conformidad con lo dispuesto en el artículo 10 del RDME, se hace constar el derecho que asiste a los socios y acreedores de las sociedades participantes en la fusión de obtener el texto íntegro del acuerdo adoptado y los balances de fusión.
Alicante, 19 de febrero de 2024.- Consejeros, Maria Dolores Corbi López, Ana María Corbí López y Juan Antonio Corbí López.
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