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Documento BORME-C-2024-5865

NOVO MOTOR, S.A.

Publicado en:
«BORME» núm. 212, páginas 7229 a 7230 (2 págs.)
Sección:
SECCIÓN SEGUNDA - Anuncios y avisos legales
Apartado:
OTROS ANUNCIOS Y AVISOS LEGALES
Referencia:
BORME-C-2024-5865

TEXTO

En cumplimiento de lo dispuesto en el art 319 de la Ley de Sociedades de Capital, se hace público que la Junta General Extraordinaria de accionistas de la Sociedad Mercantil NOVO MOTOR, S.A., con domicilio social en Madrid, calle Santo Domingo nº 11, provista de CIF nº A-79175394, celebrada el 24 de octubre de 2024, adoptó por unanimidad, de conformidad con la Ley y los Estatutos, entre otros, los siguientes acuerdos:

En referencia a la reducción de capital para amortizar acciones propias, se acordó reducir capital en la cifra de 60.582,00 euros, mediante la amortización de 1.008 acciones propias (de la 1 a la 200; de la 391 a la 998; y de la 1.001 a la 1.200, todas ellas inclusive) de un valor nominal por acción de 60,1012 que poseía la sociedad en autocartera, las cuales han sido adquiridas por la Sociedad por título de compraventa.

Como consecuencia de la reducción de capital, se acuerda renumerar las acciones, quedando 192 acciones numeradas de la 1 a la 192, ambas inclusive, y se procede dar nueva redacción al art 5 de los Estatutos Sociales, teniendo también en cuenta la transformación en sociedad limitada que a continuación se indica:

"ARTÍCULO 5º.- El capital social es de once mil quinientos treinta y nueve euros con cuarenta y tres céntimos (11.539,43 euros) y estará representado por 192 participaciones sociales de 60,1012 euros de valor nominal cada una, numeradas correlativamente a partir del 1."

La reducción no entraña devolución de aportaciones por ser la propia sociedad la titular de las acciones amortizadas. Por tanto, la finalidad de la mencionada reducción será la amortización de tales acciones propias.

Todo lo anterior se hace público a los efectos de que los acreedores de la Sociedad puedan formular su derecho de oposición a la citada reducción de capital en el plazo de un mes, en los términos previstos en los arts. 334 y 336 de la Ley de Sociedades de Capital.

Por otro lado, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 10 del Real Decreto-ley 5/2023, de 28 de junio, de transposición de Directivas de la Unión Europea en materia de modificaciones estructurales de Sociedades Mercantiles (Real Decreto-ley de Modificaciones Estructurales) se hace público que el socio único de NOVO MOTOR, S.A., esto es, Don Manuel Borrajo Novoa, ha aprobado en fecha 24 de octubre de 2024, la transformación de la Sociedad, de una Sociedad Anónima en una Sociedad de Responsabilidad Limitada, conservando su personalidad jurídica. Todo ello ajustándose estrictamente al proyecto de transformación redactado y suscrito por el Órgano de Administración de la Sociedad el 20 de octubre de 2024. Asimismo, se hace constar que el Socio Único ha aprobado el balance individual de la Sociedad cerrado a 30 de septiembre de 2024 y, formulado por el Órgano de Administración de la Sociedad el día 20 de octubre de 2024 como balance de transformación, de acuerdo con lo dispuesto en los artículos 20.3.1º y 23.2 del Real Decreto-ley de Modificaciones Estructurales, así como el nuevo texto de estatutos sociales, en cumplimiento con los requisitos y formalidades establecidos en la Ley de Sociedades de Capital para las sociedades de responsabilidad limitada. De conformidad con lo dispuesto en el artículo 9.1 del Real Decreto-ley de Modificaciones Estructurales, se hace constar que dado que la Sociedad es unipersonal y la transformación fue adoptada y aprobada necesariamente en junta universal y por unanimidad, y no habiendo personas que de conformidad con la ley o los estatutos sociales de las Sociedad pudiese ejercitar legítimamente el derecho de voto, no resultó necesaria la previa publicación o depósito del Proyecto de Transformación ni los restantes documentos exigidos por la ley. Igualmente, y por los mismos motivos, se hace constar que tampoco fue necesario publicar el anuncio sobre la posibilidad de formular observaciones al Proyecto de Transformación previsto en el artículo 7.1.2º del Real Decreto-ley de Modificaciones Estructurales.

Asimismo, de conformidad con el artículo 10 del Real Decreto-ley de Modificaciones Estructurales, se hace constar el derecho que asiste a los acreedores de la Sociedad de obtener el texto íntegro del acuerdo de transformación y el balance presentado.

Madrid, 28 de octubre de 2024.- El Administrador de Novo Motor, S.A. , D. Manuel Borrajo Novoa.

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