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Documento BORME-C-2024-587

ESCOLA DE MÚSICA CREU ALTA, S.L. SOCIEDAD UNIPERSONAL (SOCIEDAD CEDENTE)
FUNDACIÓ PRIVADA CREU ALTA (ENTIDAD CESIONARIA)

Publicado en:
«BORME» núm. 38, páginas 711 a 711 (1 pág.)
Sección:
SECCIÓN SEGUNDA - Anuncios y avisos legales
Apartado:
CESIÓN DE EMPRESAS
Referencia:
BORME-C-2024-587

TEXTO

En cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 10 del Real Decreto-ley 5/2023, de 28 de junio, por el que se adoptan y prorrogan determinadas medidas de respuesta a las consecuencia económicas y sociales de la Guerra de Ucrania, de apoyo a la reconstrucción de la isla de La Palma y a otras actuaciones de vulnerabilidad; de transposición de Directivas de la Unión Europea en materia de modificaciones estructurales de las sociedades mercantiles y conciliación de la vida familiar y la vida profesional de los progenitores y los cuidadores; y de ejecución y cumplimiento del Derecho de la Unión Europea (RD MESM), se hace público que el Socio único de la mercantil Escola de Música Creu Alta, S. L. Sociedad Unipersonal (Sociedad cedente), con fecha 14 de febrero de 2024, ha acordado la cesión global de su activo y pasivo, transmitiendo en bloque todo su patrimonio por sucesión universal, a favor de su único socio, la Fundació Privada Creu Alta (Entidad cesionaria) que ha aceptado, de acuerdo con el Proyecto de cesión global de activo y pasivo formulado por la Administradora única de la Sociedad.

Como consecuencia de la cesión global de activos y pasivos se producirá la extinción de la Sociedad cedente, quedando la Entidad cesionaria subrogada en todos los derechos y obligaciones de la Sociedad cedente.

De conformidad con lo dispuesto en el artículo 10.2 del RD MESM, se hace constar expresamente el derecho que asiste a los acreedores de la Sociedad cedente y de la Entidad cesionaria a obtener gratuitamente el texto íntegro del acuerdo de cesión global de activos y pasivos y extinción de la Sociedad cedente adoptado por su socio único y de su balance.

Asimismo, se informa del derecho que asiste a los acreedores de la Sociedad cedente y de la Entidad cesionaria, conforme a lo establecido en el artículo 13 del RD MESM, a oponerse a la cesión global de activos y pasivos en el plazo de un mes, a contar desde la publicación del último anuncio de cesión global de activos y pasivo de acuerdo con el artículo 13 de la Ley.

Sabadell, 14 de febrero de 2024.- Administradora única de Escola de Música Creu Alta, S.L.Sociedad Unipersonal, Sra. Eulàlia Sànchez Griera.

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