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A los efectos de lo establecido en el Artículo 10 del Real Decreto-Ley 5/2023 de 28 de junio, por el que se adoptan y prorrogan determinadas medidas en particular en materia de modificaciones estructurales de sociedades mercantiles (en adelante "LME"), se anuncia que (i) la Junta General Extraordinaria y Universal de Socios de "PROTELENS, SL" (Sociedad Absorbente) y (ii) el socio único de la "NEW PROTELENS 2024, SLU" (Sociedad Absorbida) han adoptado en fecha 31 de octubre de 2024 el acuerdo y la decisión respectivamente de fusión de ambas sociedades mediante la absorción por parte la Sociedad Absorbente (esto es Protelens, S.L.) de la Sociedad Absorbida (esto es New Protelens 2024, S.L.U.).
Mediante la referida fusión por absorción la Sociedad Absorbente, adquiere por sucesión universal el patrimonio de la Sociedad Absorbida y quedando en esta última extinguida, y realizándose la correspondiente ampliación de capital, todo ello con modificación de los artículos correspondientes de los estatutos sociales, conforme a los términos y condiciones del proyecto común de fusión suscrito por el administrador único de la Sociedad Absorbente y de la Sociedad Absorbida.
Asimismo, se pone de manifiesto que el Acuerdo de Fusión ha sido adoptado conforme al Proyecto de Fusión sin necesidad de publicar o depositar previamente los documentos exigidos por la ley, puesto que de conformidad con el artículo 9 de la LME, al haberse tomado el acuerdo de fusión en Junta Universal y con acuerdo unánime de todos los socios de las sociedades fusionadas no es preciso publicar o depositar previamente los documentos exigidos por la Ley. No ha sido tampoco necesario emitir el informe de expertos puesto que ninguna de las sociedades fusionadas es anónima o comanditaria por acciones. No obstante, sí se ha sido emitido el informe de administradores respecto a los efectos sobre el empleo y comunicado a los trabajadores de ambas empresas, en su caso.
Se hace constar el derecho que asiste a los socios y acreedores de las sociedades participantes en la fusión a obtener el texto íntegro de los acuerdos adoptados y de los balances de fusión. Igualmente se hace constar el derecho que asiste a dichos acreedores de las sociedades intervinientes a oponerse a la fusión, en los términos establecidos en el RD 5/2023, durante el plazo de un mes contado a partir de la publicación del último anuncio de fusión.
Barcelona, 31 de octubre de 2024.- El Administrador Único de Protelens, S.L. y New Protelens 2024, S.L.U, D. Jesús Costa Vila.
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