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Con fecha 30 de octubre de 2024, la junta general ordinaria y extraordinaria de accionistas de la Sociedad Deportiva Huesca, sociedad anónima deportiva (que en adelante será referida como la "sociedad"), acordó reducir el capital social, fijado en la cuantía de dos millones seiscientos veinticinco mil euros (2.625.000 €), hasta la cuantía de ochocientos setenta y cinco mil euros (875.000 €), es decir, reducir el capital social en la cuantía de un millón setecientos cincuenta mil euros (1.750.000 €), mediante la disminución del valor nominal de la totalidad de las diecisiete mil quinientas (17.500) acciones en que se divide el capital social de la sociedad, fijado en la cuantía de ciento cincuenta euros (150 €) por acción, hasta la cuantía de cincuenta euros (50 €) por acción, es decir, mediante la reducción del valor nominal en cien euros (100 €) por acción.
Con carácter simultáneo, la junta general ordinaria y extraordinaria de accionistas de la sociedad acordó la ampliación del capital social, fijado tras la reducción de capital en la cuantía de ochocientos setenta y cinco mil euros (875.000 €), en la cuantía máxima de nueve millones doscientos dieciséis mil cien euros (9.216.100 €), esto es, aumentar el capital social hasta la cifra máxima de diez millones noventa y un mil cien euros (10.091.100 €), mediante la emisión de ciento ochenta y cuatro mil trescientas veintidós (184.322) acciones ordinarias, nominativas, de cincuenta euros (50 €) de valor nominal cada una de ellas, numeradas correlativamente del 17.501 al 201.822, ambos inclusive, sin prima de emisión, a suscribir y desembolsar mediante aportaciones dinerarias.
Estas acciones otorgarán los mismos derechos y obligaciones que las hasta ahora existentes. Cada una de las nuevas acciones comenzará a gozar de los derechos a ella inherentes a partir de su suscripción y desembolso.
Lo anterior se hace público de conformidad con lo dispuesto en los artículos 304 y siguientes y el artículo 319 del texto refundido de la Ley de sociedades de capital aprobado en virtud de Real decreto legislativo 1/2010, de 2 de julio (que en adelante será referida como la "Ley de sociedades de capital").
La finalidad de la reducción y simultáneo aumento del capital social es el restablecimiento del equilibrio entre el capital social y el patrimonio neto de la sociedad disminuido como consecuencia de pérdidas.
A los efectos oportunos, se deja expresa constancia de que, conforme al artículo 322.2 de la Ley de sociedades de capital, se han reducido la totalidad de las reservas de la sociedad, para su compensación parcial con pérdidas, como paso previo a la reducción y simultáneo aumento de capital acordados.
Se ha respetado el derecho de suscripción preferente de conformidad con el artículo 343.2 de la Ley de sociedades de capital.
No existe derecho de oposición de los acreedores a la reducción, dado que la reducción del capital tiene por única finalidad restablecer el equilibrio entre el capital y el patrimonio neto de la sociedad, disminuido por consecuencia de pérdidas, de acuerdo con lo establecido en el artículo 335.a) de la Ley de sociedades de capital.
Suscripción preferente:
Los accionistas (tanto los asistentes como los no asistentes a la referida junta) pueden ejercitar, si así lo desean, en proporción al valor nominal de las acciones poseídas por cada uno de ellos, el derecho de suscripción preferente en el plazo de un (1) mes desde la publicación de este anuncio en el Boletín Oficial del Registro Mercantil (BORME), de la siguiente forma:
(i) mediante la cumplimentación del boletín de suscripción, indicando el número total de acciones que suscriben, el cual podrán recoger en las oficinas de la sociedad (situadas en el estadio "El Alcoraz", puerta 2, planta 1, camino Cocorón sin número, 22004 Huesca) o descargar en su página web (www.sdhuesca.es) y su presentación en dichas oficinas o envío a través de la siguiente dirección de correo electrónico: info@sdhuesca.es; y
(ii) desembolsando en dicho plazo la totalidad del valor nominal de las acciones suscritas mediante transferencia bancaria o ingreso a la cuenta titularidad de la sociedad número ES18 2100 2160 7702 0028 0974, abierta en la entidad CaixaBank, S.A., indicando en el concepto de la transferencia o ingreso "Desembolso de aumento de capital", y cuyo resguardo deberá acompañarse al boletín de suscripción.
El desembolso para la suscripción de acciones se realizará, en todo caso, por el cien por cien (100%) de su valor nominal, esto es, la cantidad de cincuenta euros (50 €) por cada acción suscrita.
La ecuación de canje de las acciones resulta de dividir el número de acciones emitidas (184.322) entre el número total de acciones de la sociedad, previo al aumento de capital (17.500), es decir, 184.322/17.500. Así, el número de acciones que corresponde a cada accionista resulta de multiplicar dicha ecuación de canje por el número de acciones poseídas por cada accionista con carácter previo al aumento de capital. Dado el carácter indivisible de la acción, no se tendrán en consideración los decimales, redondeándose el número de acciones a suscribir al entero inferior.
No obstante lo anterior, a los efectos de ejercitar el derecho de suscripción preferente que a cada uno de los accionistas corresponda, de acuerdo con lo dispuesto en el párrafo anterior, los accionistas que así lo deseen podrán agruparse con otro/s accionista/s, así como transmitir dichos derechos de suscripción preferente, hasta, en su caso, alcanzar el número de derechos de suscripción preferente que permita suscribir un número entero de acciones. En este caso, se ruega ponerse en contacto con la sociedad a través de los medios indicados.
En todo caso, los accionistas que deseen acudir a la ampliación podrán obtener de la sociedad, de forma gratuita, la información relativa a las acciones que tienen derecho a suscribir y la cantidad total a desembolsar, la cual podrán solicitar en las oficinas de la sociedad (situadas en el estadio "El Alcoraz", puerta 2, planta 1, camino Cocorón sin número, 22004 Huesca) o a través de la siguiente dirección de correo electrónico: info@sdhuesca.es.
Aquellos accionistas que no ejerzan su derecho de suscripción preferente en los términos indicados en el presente anuncio, se entenderá que renuncian irrevocablemente al mismo.
Aumento incompleto:
Si transcurrido el plazo de un (1) mes anteriormente indicado, todavía quedaran acciones sin suscribir y desembolsar, el consejo de administración de la sociedad podrá declarar cerrada la ampliación de capital en la cifra efectivamente suscrita y desembolsada por el cien por cien (100%) del valor nominal, previendo expresamente la posibilidad de suscripción incompleta, de conformidad con lo establecido en el artículo 311 de la Ley de sociedades de capital.
Huesca, 30 de octubre de 2024.- El presidente del consejo de administración, D. Agustín Lasaosa Laliena.
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