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Documento BORME-C-2024-5939

HERMANOS DIAZ REDONDO, S.A.

(SOCIEDAD ABSORBENTE)

RUSTICAS MIGUEL NUÑEZ, S.L.U.

(SOCIEDAD ABSORBIDA)

Publicado en:
«BORME» núm. 215, páginas 7335 a 7335 (1 pág.)
Sección:
SECCIÓN SEGUNDA - Anuncios y avisos legales
Apartado:
FUSIONES Y ABSORCIONES DE EMPRESAS
Referencia:
BORME-C-2024-5939

TEXTO

De conformidad con lo dispuesto en el artículo 10 del Real Decreto-Ley 5/2023, de 28 de junio, sobre modificaciones estructurales de las sociedades mercantiles("RDL 5/2023"), se hace público que la Junta General Extraordinaria de socios de Hermanos Díaz Redondo, S.A. (la "Sociedad Absorbente"), y la Junta General Extraordinaria de socios de Rústicas Miguel Núñez, S.L.U. ( la "Sociedad Absorbida"), celebrada ambas con el carácter de Junta Universales con fecha 20 de junio de 2024 han aprobado por unanimidad, en calidad de Sociedad Absorbente y Sociedad Absorbida (las "Sociedades a Fusionar"), respectivamente, la fusión por absorción de la segunda por parte de la primera.

La Fusión supondrá la absorción de la Sociedad absorbida por parte de Hermanos Díaz Redondo, S.A. produciéndose la extinción, vía disolución sin liquidación, de aquella y el traspaso en bloque de su patrimonio a Hermanos Díaz Redondo, S.A., que adquirirá, por sucesión universal todos los activos, pasivos y relaciones jurídicas de la Sociedad Absorbida, y con ampliación de capital social de la Sociedad Absorbente, en el mismo importe del capital social de la Sociedad Absorbida, y todo ello en base a sus balances cerrados el 31 de diciembre de 2023. Las operaciones de la Sociedad Absorbida se entenderán efectuadas por la Absorbente a partir del primero de enero de 2024.

La fusión se acoge a un régimen simplificado, en aplicación de lo dispuesto de los artículos 9, 53 y 56 del RDL 5/2023, no siendo necesario anuncio de la convocatoria de la Junta por la que se acordó la fusión ni tampoco la previa publicación o depósito de los documentos exigidos en el artículo 46 de la referida normativa y sin informe de los administradores sobre el proyecto de fusión, salvo por lo referido al informe destinado a los trabajadores.

De conformidad con lo establecido en el artículo 10 RDL 5/2023, se hace constar expresamente el derecho que asiste a los socios y acreedores de las respectivas sociedades a obtener el texto íntegro de los acuerdos adoptados y del balance de fusión. Los acreedores de cada una de las sociedades podrán ejercer sus derechos en el plazo de un mes a contar desde la publicación del último anuncio del acuerdo de fusión de acuerdo con el artículo 13 RDL 5/2023.

Asimismo, se pone en conocimiento de los trabajadores y sus representantes, conforme a lo dispuesto en el artículo 46 RDL 5/2023, para el ejercicio de los derechos que legalmente les corresponden.

En Cobeja (Toledo), 18 de octubre de 2024.- El Presidente de Hermanos Díaz Redondo, S.A., Don Ricardo Diaz Núñez y el Administrador Solidario de Rústicas Miguel Núñez, S.L.U, Don Ignacio Diaz Barroso.

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