Contido non dispoñible en galego
De conformidad con lo dispuesto en el artículo 10 del Real Decreto-ley 5/2023,de 28 de junio, que transpone Directivas de la Unión Europea en materia de Modificaciones Estructurales de Sociedades Mercantiles ("RDME"), se hace público que el día 25 de octubre de 2024, los socios de Lleugraf, S.A.(Sociedad Escindida), la socia única de Immolleufarg, S.L. y el socio único de Farllach, S.L. (Sociedades Beneficiarias), en ejercicio de sus competencias, decidieron, por unanimidad, aprobar la escisión total de Sociedad Escindida.
La escisión implica la transmisión en bloque del patrimonio de la Sociedad Escindida en favor de las Sociedades Beneficiarias y la disolución sin liquidación de la Sociedad Escindida, con extinción de la misma.
La escisión total se realiza conforme al procedimiento de acuerdo unánime de modificación estructural del artículo 9 del RDME, por tanto, se hace constar que no es preceptivo el depósito previo del proyecto común de escisión en el Registro Mercantil, ni la elaboración del informe de administradores.
De conformidad con lo dispuesto en el artículo 10 del RDME, se hace constar el derecho que asiste a los socios y acreedores de las sociedades participantes en la escisión de obtener el texto íntegro del acuerdo adoptado y el balance de escisión.
Barcelona, 25 de octubre de 2024.- Los Administradores mancomunados de Lleugraf, S.A., Don Antoni Farguell Baratau y Doña Maria Mercedes Farguell Baratau; el Administrador único de Farllach, S.L.. Don Antoni Farguell Baratau, y la Administradora única de Immolleufarg, S.L., Doña Maria Mercedes Farguell Baratau.
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