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Documento BORME-C-2024-5981

SOLANA DEL MOLINO, SOCIEDAD LIMITADA

(SOCIEDAD ABSORBENTE)

CORTIJO CACIN 2020, SOCIEDAD LIMITADA

(SOCIEDAD ABSORBIDA)

Publicado en:
«BORME» núm. 216, páginas 7387 a 7387 (1 pág.)
Sección:
SECCIÓN SEGUNDA - Anuncios y avisos legales
Apartado:
FUSIONES Y ABSORCIONES DE EMPRESAS
Referencia:
BORME-C-2024-5981

TEXTO

De conformidad con el artículo 10 Real Decreto-ley 5/2023 ("RDLME", en adelante), de 28 de junio, de transposición de Directivas de la Unión Europea en materia de modificaciones estructurales de sociedades mercantiles y otras materias ("RDLME"), se hace público que el día 5.11.2024 las Juntas generales de socios de las sociedades SOLANA DEL MOLINO S.L. (sociedad absorbente) y CORTIJO CACIN 2020 S.L. (sociedad absorbida), reunidas en ambos casos con carácter extraordinario y universal, ejerciendo las competencias que tienen atribuidas, han aprobado la fusión por absorción de CORTIJO CACIN 2020 S.L., por SOLANA DEL MOLINO S.L., con disolución sin liquidación de la sociedad absorbida, y adquisición por sucesión universal de su patrimonio por la sociedad absorbente, sin aumento de capital en esta última, todo ello en los términos y condiciones que resultan del proyecto común de fusión formulado por los órganos de administración de las sociedades intervinientes (la "Fusión").

La Fusión se acoge al procedimiento simplificado del artículo 53.1 RDLME por remisión del artículo 56.1 RDLME (fusión de sociedades íntegramente participadas de forma directa por socios que tengan idéntica participación en todas las sociedades intervinientes). Al haberse adoptado el acuerdo de fusión, en ambas sociedades, en junta universal y por unanimidad, no ha sido necesario publicar o depositar previamente los documentos exigidos por la ley, ni preparar el informe de los administradores sobre el proyecto, ni el informe de expertos independientes.

De conformidad con el art. 10.1 RDLME se hace constar el derecho que asiste a los socios y acreedores de obtener el texto íntegro de los acuerdos adoptados y los balances de fusión. Igualmente se hace constar que el día 4.10.2024, los órganos de administración de las sociedades intervinientes han elaborado y remitido el informe con la sección destinada a los trabajadores en la forma y el plazo previsto en el art. 5.6 RDLME. En la misma fecha se ha puesto a disposición de los socios y trabajadores de las sociedades intervinientes la documentación prevista en el artículo 46 RDLME.

Cájar, 5 de noviembre de 2024.- Administradora única, Mónica Píñar González.

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