Content not available in English

You are in

Documento BORME-C-2024-5982

TEAMNOW TECHNOLOGY, S.L.

(SOCIEDAD ABSORBENTE)

NODDON TECHNOLOGY CONSULTING, S.L.

(SOCIEDAD ABSORBIDA)

Publicado en:
«BORME» núm. 216, páginas 7388 a 7388 (1 pág.)
Sección:
SECCIÓN SEGUNDA - Anuncios y avisos legales
Apartado:
FUSIONES Y ABSORCIONES DE EMPRESAS
Referencia:
BORME-C-2024-5982

TEXTO

En cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 10 del Real Decreto-ley 5/ 2023, de 28 de junio, por el que se adoptan y prorrogan determinadas medidas de respuesta a las consecuencias económicas y sociales de la Guerra de Ucrania, de apoyo a la reconstrucción de la isla de La Palma y a otras situaciones de vulnerabilidad; de transposición de Directivas de la Unión Europea en materia de modificaciones estructurales de sociedades mercantiles y conciliación de la vida familiar y la vida profesional de los progenitores y los cuidadores; y de ejecución y cumplimiento del Derecho de la Unión Europea (en adelante, el "RDLME"), se hace público que por acuerdo de las Juntas Generales Extraordinarias y Universales de socios de Teamnow Technology, S.L. (Sociedad Absorbente) y de Noddon Technology Consulting, S.L. (Sociedad Absorbida), celebradas todas ellas el 28 de octubre de 2024, se aprobó por unanimidad, la fusión por absorción de Noddon Technology Consulting, S.L., por Teamnow Technology, S.L.

Como consecuencia de la Fusión de producirá la extinción de la Sociedad Absorbida y la transmisión en bloque del de su patrimonio social a la Sociedad Absorbente, que lo adquirirá por sucesión universal, subrogándose en los derechos y obligaciones inherentes a dicho patrimonio social.

La Fusión se realiza conforme al procedimiento de acuerdo unánime de fusión regulado en el artículo 8 RDL 5/2023 que ha sido adoptado conforme al proyecto común de fusión redactado por los Administradores de las sociedades participantes en la Fusión de 6 de septiembre de 2024. De conformidad con el artículo 9 RDL 5/2023, el acuerdo podrá adoptarse sin necesidad de publicar o depositar previamente los documentos exigidos por la Ley y sin informe de los administradores sobre el proyecto de fusión. De conformidad con lo establecido en el artículo 10 RDL 5/2023, se hace constar el derecho que asiste a los socios y acreedores de las sociedades participantes en la Fusión a obtener el texto íntegro de los acuerdos adoptados y de los balances de fusión. Los acreedores de cada una de las sociedades podrán oponerse a la Fusión en el plazo de un mes a contar desde la publicación del último anuncio del acuerdo de fusión de acuerdo con el artículo 13 RDL 5/2023.

Amposta (Tarragona), 28 de octubre de 2024.- El Administrador Único de Noddon Technology Consulting, S.L. y el Administrador Único de Teamnow Technology, S.L, Don Miguel Badia Navarro y Don Adrià Martinez Tort.

subir

State Agency Official State Gazette

Avda. de Manoteras, 54 - 28050 Madrid