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De conformidad con lo dispuesto en el artículo 10 del Real Decreto-ley 5/2023, de 28 de junio, de transposición de Directivas de la Unión Europea en materia de modificaciones estructurales de Sociedades Mercantiles ("Real Decreto-ley 5/2023"), se hace público que la Junta general de accionistas de Talleres Gámez Sánchez, S.A., celebrada el 30 de octubre de 2024 con carácter universal, aprobó por unanimidad su transformación en Sociedad Limitada, pasando a denominarse Talleres Gámez Sánchez, S.L.
La transformación ha sido aprobada por unanimidad, ajustándose al Proyecto de Transformación redactado y suscrito por el órgano de administración el 28 de septiembre de 2024, aprobándose por unanimidad el balance cerrado a 30 de junio de 2024 como balance de transformación, de acuerdo con lo dispuesto en los artículos 20 y 23 del Real Decreto-ley 5/2023, así como la consiguiente sustitución de acciones por participaciones sociales, y la adjudicación de participaciones a los socios en la misma proporción que tenían los accionistas de la sociedad transformada y el nuevo texto de los estatutos sociales, cumpliendo con los requisitos y formalidades establecidos en la Ley de Sociedades de Capital para las sociedades de responsabilidad limitada.
De conformidad con lo dispuesto en el artículo 9.1 del Real Decreto-ley 5/2023, se hace constar que se trata de una transformación interna, aprobada en junta universal y por unanimidad por todos los accionistas con derecho de voto, por lo que no resultó necesaria la previa publicación o depósito del Proyecto de Transformación ni de los restantes documentos exigidos por la Ley. Igualmente, y por los mismos motivos, se hace constar que tampoco fue necesario publicar el anuncio sobre la posibilidad de formular observaciones al Proyecto de Transformación previsto en el artículo 7 del Real Decreto-ley 5/2023.
De conformidad con el artículo 10 del Real Decreto-ley 5/2023, se hace constar el derecho que asiste a los socios y a los acreedores de la Sociedad de obtener el texto íntegro del acuerdo de transformación y el balance aprobado.
Simultáneamente, tras el acuerdo de transformación de la Sociedad, se acordó por unanimidad en la junta general de socios de la Sociedad celebrada el 30 de octubre de 2024 reducir el capital social actualmente fijado en 4.501.274,14 euros a 0 euros como consecuencia de las pérdidas acumuladas en los últimos ejercicios, por la Sociedad y posteriormente para salir de la situación de causa de disolución, aumentar el capital social mediante aportaciones dinerarias por importe de 3.000 euros.
Se acordó por unanimidad la ampliación de capital por importe de 3.000 euros mediante la emisión de 3.000 participaciones sociales nuevas, de 1 euro de valor nominal cada una de ellas, iguales, acumulables e indivisibles, desde el número 1 hasta el 3.000, ambas incluidas, siendo su contravalor las aportaciones dinerarias.
La finalidad de la reducción es reestablecer el equilibrio entre el capital social y el patrimonio neto de la Sociedad.
En consecuencia, el actual artículo 5 de los Estatutos sociales quedará redactado de la manera siguiente:
"Articulo 5 - Capital social.
El capital de la Sociedad es de TRES MIL EUROS (3.000.- Euros), representado y dividido en TRES MIL (3.000) participaciones sociales de UN EURO (1 Euro) de valor nominal cada una de ellas, iguales, acumulables e indivisibles, numeradas correlativamente de la UNO (1) a la TRES MIL (3.000) ambos inclusive, totalmente desembolsadas, que no tendrán el carácter de valores, no podrán estar representadas por medio de títulos o de anotaciones en cuenta, ni denominarse acciones.
Todas las participaciones gozarán de iguales derechos y obligaciones en los términos señalados en la ley. "
Los acreedores de la Sociedad podrán oponerse a la reducción de capital, en el plazo de un mes, a contar desde la fecha de publicación del último anuncio del acuerdo de reducción, en los términos previstos en los artículos 334, 336 y 337 de la Ley de Sociedades de Capital.
Madrid, 5 de noviembre de 2024.- El Administrador solidario, Rafael Gámez Sánchez.
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