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Documento BORME-C-2024-6043

EXCAVACIONES MIDON, S.L.U.

(SOCIEDAD ABSORBENTE)

TREOS, S.L.U.

(SOCIEDAD ABSORBIDA)

Publicado en:
«BORME» núm. 218, páginas 7460 a 7460 (1 pág.)
Sección:
SECCIÓN SEGUNDA - Anuncios y avisos legales
Apartado:
FUSIONES Y ABSORCIONES DE EMPRESAS
Referencia:
BORME-C-2024-6043

TEXTO

De conformidad con lo dispuesto en el artículo 10 del Real Decreto-Ley 5/2023, de 28 de junio, en materia de modificaciones estructurales (RDLME), se hace público que el día 30 de junio de 2024, el socio único de EXCAVACIONES MIDON, S.L.U. (Sociedad Absorbente) y el socio único de TREOS, S.L.U. (Sociedad Absorbida), en ejercicio de sus competencias en Junta General Extraordinaria y Universal, han aprobado por unanimidad la fusión por absorción por parte EXCAVACIONES MIDON, S.L.U. de su sociedad íntegramente participada TREOS, S.L.U. (la Sociedad absorbida) sobre la base del proyecto común de fusión de fecha 28 de junio de 2024, con disolución sin liquidación de la sociedad absorbida, y adquisición por sucesión universal de su patrimonio por la sociedad absorbente.

La fusión se realiza de conformidad con el procedimiento simplificado previsto en el artículo 53.1 del Real Decreto-Ley 5/2023, de 28 de junio, de modificaciones estructurales de sociedades mercantiles (RDLME), puesto que la Sociedad Absorbida está íntegra y directamente participada por la Sociedad Absorbente.

El acuerdo de fusión ha sido adoptado sin necesidad de publicar o depositar previamente los documentos exigidos por la Ley y sin informe de los administradores sobre el Proyecto Común de Fusión, al ser adoptado en los términos previstos en los artículos 9.1 y 53.1 de la LME, relativo a la absorción de sociedades íntegramente participadas de forma directa por la Sociedad Absorbente. Asimismo, se hace constar que los derechos de información de los trabajadores sobre la modificación estructural no se han restringido por el hecho de que la fusión haya sido aprobada en junta universal.

Conforme a lo establecido en el artículo 10 del RDLME, se hace constar expresamente el derecho que asiste a los socios y acreedores de las respectivas sociedades a obtener el texto íntegro de las decisiones adoptadas y de los Balances presentados. Los acreedores de cada una de las sociedades podrán, en el plazo de un mes, a contar desde la publicación del último anuncio de fusión de acuerdo con el artículo 10 del RDLME, ejercer los derechos previstos en el artículo 13 del RDLME.

Teo, 7 de noviembre de 2024.- Administrador Unico, Roberto Miguel Midón Martínez.

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